Re: Participaciones preferentes Cam. Afectados que aceptaron opción canje del Sabadell.
Despegue y ataque a máximos anuales inmediato...
Re: Participaciones preferentes Cam. Afectados que aceptaron opción canje del Sabadell.
Ya veremos, ahora está pinchando, con lo bien que se mantenía en 2.65
Re: Participaciones preferentes Cam. Afectados que aceptaron opción canje del Sabadell.
Ya dije Doblep61 había una buena resistencia ahí...
Hay mucho volumen en movimiento, hasta la 13:00 hay mas de diez millones de acciones que se han movido...
Pero bueno, el rating de Barclays lo sitúa ahora en 2,80 € el precio objetivo
Re: Participaciones preferentes Cam. Afectados que aceptaron opción canje del Sabadell.
Hola, gracias por existir gente como vosotros que ayudais a los demás que no entendemos de estas cosas. Mi pregunta es la siguiente. Si se adquirieron las acciones a 2.30 que era lo justo para recuperar el capital que se tenía en participaciones, a la hora de comunicar la venta de las acciones, cual sería su valor de compra a 2.30 o lo que se estaban cotizando en el mercado que era más o menos a 1.40??? no se si me explico. Si teníamos 15.000 en participaciones nos dieron 6.521 acciones a 2.30 eran los 15.000, entonces es este el valor de adquisición si ahora lo hemos vendido a 2.41 por ejemplo serían 15.715, la ganancia patrimonial sería los 715 euros, no? es que no sé si realmente el valor de compra era por menos porque lo que ingresaron en la cuenta fué el 60% no??? Bueno que estoy hecha un lío. A ver si alguien me aclara esta duda. Gracias anticipadamente.
Re: Participaciones preferentes Cam. Afectados que aceptaron opción canje del Sabadell.
alos 715 le tienes que restar los gastos de la venta por lo demas todo corecto
Re: Participaciones preferentes Cam. Afectados que aceptaron opción canje del Sabadell.
Re: Participaciones preferentes Cam. Afectados que aceptaron opción canje del Sabadell.
Hola, por lo que yo entiendo, el valor de compra es 2.30
Ahora bien, si vendiste los derechos de la ampliación creo que hay que restar el precio de los derechos al de compra, o sea, si vendiste los derechos de la ampliación a 0.15 por ejemplo, el valor de compra de las acciones que hay que declarar sería 2.15 y entonces la ganancia patrimonial es la diferencia de 2.41 y 2.15
Si no voy bien encaminado decídmelo.
Un saludo.