Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Gracias Crespin por tu apoyo la verdad que a día de hoy no lo necesito
Gracias Crespin por tu apoyo la verdad que a día de hoy no lo necesito
Muy buenos dias a todos.
Tengo una pregunta respecto a como se debe de tributar en la Renta 2014 el importe recibido en concepto de laudo favorable en el arbitraje de la deuda subordinada durante el 2014. Parte de las perdidas las compense en la renta del 2013 y ahora no se exactamente como debo de reflejar el ingreso y si debo hacer algo respecto a las perdidas pendientes de compensar.
Saludos y gracias por avanzado.
Hola a todos, hace tiempo que os lei y me guardé la página en favoritos y nunca me he decididio a escribir nada, igual que tampoco he hecho nada con las preferentes.
Tenía una deuda subordinada de la 6a emisión, en la que perdía alrededor de 6.000€. Hice el procedimiento de arbitraje que facilitaba CC y efectivamente, me lo desestimaron.
Desde la oficina de CC me han recomendado que vaya a alguna plataforma de afectados o a algún abogado en particular pero no se como tengo que actuar. Alguien me puede ayudar a que pasos puedo seguir? Estoy en Barcelona.
Muchas gracias
Hola mrcarax,
Por si te interesa puedes leer mi experiencia en la página anterior 1298 el día 2/3/15.
Te recomiendo la plataforma de afectados A.P.D.E.F. (Asociación de Perjudicados de Entidades Financieras) en Barcelona, personalmente estoy muy contenta con estos abogados.
Espero haberte ayudado, saludos.
Bueno, pues por fin, después de 6 meses de espera, tenemos sentencia. Y el fallo es ¡ a nuestro favor !!! :)
Todavía no he podido leerla, de modo que no conozco todos los detalles, pero lo importante es que hemos logrado una importante victoria. Ahora a esperar unos días el previsible recurso ( aunque ya veremos si se produce ahora que el BBVA ha adquirido formalmente la entidad ) y a celebrar la noticia.
Gracias a todos los que abristeis el camino judicial animando al resto a seguir vuestro ejemplo.
Hola, yo tengo la misma pregunta. Qué hay que hacer con el dinero que nos han ingresado después del laudo cuando en la renta del 2013 ya pusimos las pérdidas ya que ahora estas son menores. Me imagino que debería ir en la misma casilla que entonces como ingreso, pero a ver si alguien que sepa más lo puede confirmar.
Enhorabuena! !
Es el único camino, ganar.
Mantennos informados si hay recurso.
Saludos a todos.
Hola: La compañera Montse abogada y colaboradora que participa en el hilo de Preferentes responde en el comentario ( 37685 ) a lo que estais preguntando,aquí os dejo el enlace .