Re: Subordinadas caja duero
La segunda la tienes ganada y la primera por la pinta....pues yo diría que tu eres de los agraciados
La segunda la tienes ganada y la primera por la pinta....pues yo diría que tu eres de los agraciados
Esa es una de las claves, si señor. Yo tengo 20 con dos titulares y planteo lo mismo que tu, además de las razones varias que hemos hablado estos meses.
Un saludo a todos.
Llevo siguiendo este tema desde el principio y todavia tengo dudas de que hacer, me gustaria saber que opinion teneis al respecto ( y ya se que solo sera una opinion).
El caso es el siguiente, Persona mayor (80 años, 75 cuando lo contrato), sin estudios, solo plazos fijos durante toda su vida y la inversion fueron 60000 en subordinadas 2008 (eran dos titulares pero en agosto fallecio uno de ellos).
Un saludo
Hola, ¿puedes escribir al menos lo que tenía el folleto publicitario?
Muchas gracias
Yo he revisado mi documentación y no encuentro el test. ¿Cómo puedo saber si efectivamente me lo hicieron?
Tengo dos preguntas que quizás ya alguien ha preguntado pero yo no he visto pues aunque llevo mucho tiempo siguiendo este foro no he leido todos los mensajes
1) ¿Cuándo se tiene en cuenta el porcentaje de dinero invertido en subordinadas sobre todo el patrimonio financiero, en el 2009 que fue cuando se compraron o en la actualidad o en el 2012? Porque parece que para un juicio te miran la posición de todos los bancos desde el 2002 hasta el 2012. Eso me dijo la abogada y no entiendo por qué se remontan tan atrás y por qué importa lo que se tiene en el 2012
2) Si el porcentaje de dinero invertido en subordinadas es de un 15% del total del patrimonio financiero, que crees que será más favorable: ir al arbitraje o al juicio, teniendo en cuenta que todos los otros productos financieros están en otras entidades?
Miran la posición a 2009, tus ingresos a esa fecha.
Pero ponderan tus "inversiones" en productos mifid un año antes(2008) y después. ¿Cómo ponderan?
1-porcentaje del resto de inversiones en función de tus subordinadas. Supongo que porcentajes mayores del 100% son ponderados en tu contra.
2-número de compra-ventas en un año natural. Un número significativo, supongo que significativo es 4 o 5
En cualquier caso, creo que lo que más se tiene en cuenta es el punto 1,2 y 4 , y este último por ser excluyente .
El tercero es la leche para valorar. Muy subjetivo.
Sin embargo el 1 y 2 se ven muy muy rápidos. Es decir cliente ahorrador y mala comercialización. Pero hay que demostrarlo con pruebas y si bien en el primer caso es más fácil. En el segundo, con papeles firmados y demás se antoja muy complicado, pero por eso hay que buscar indicios y fallos en la documentación que tengáis y estudiando este foro que cada uno encuentre la suya.
Lo que deja claro el frob es que clientes con muchos ingresos mensuales y con una ristra de obligaciones-preferentes de más de 50-60 no lo tienen muy claro para pasar el arbitraje. Es un ejemplo pero parece un aviso.