Re: Subordinadas caja duero
La documentación la tiene que aportar el banco, no el solicitante del mecanismo de compensación.
Lo que tu aportas tiene el valor de alegaciones y tienes que aportar obligatoriamente una determinada documentación:
Extracto de la cuenta de valores donde estén depositados en la fecha de contratación que acredite el cargo en cuenta por suscripción
Copia del contrato de valores
Copia de las órdenes de compra.
Copia del test de conveniencia o idoneidad, según el caso.
Resumen del Folleto que el titular recibió en la contratación.
Copia de cualquier otra documentación proporcionada por el Banco en la que conste información del producto.
Copia de la documentación acreditativa de la aceptación del canje ofrecido por Unicaja.
En su caso documento acreditativo de haber retirado la demanda contra Ceiss.
Copia de cualquier otra documentación acreditativa de circunstancias personales.
Supongo que si Ceiss indica en su expediente que, por la circunstancias que sea, por ejemplo que así figure en el test de conveniencia, tu tienes otra operativa, o porque el experto de PWC considere que debe solicitar ampliación de documentación, tu tendrás que entregarla (aí en el folleto que explica el mecanismo de revisión indica que se podrán pedir las aclaraciones o la información complementaria que estime oportuna, y hay un plazo de 10 días para aportarla. En caso de que el cliente no aporte lo requerido el experto realizará la evaluación en consideración a la información y documentación de que disponga.
Por lo tanto, lo que yo entiendo:
No hay que aportarla inicialmente.
Si hay que aportarla si posteriormente te la piden.
Si no la aportas y es esencial, posiblemente te denieguen la compensación.
Pero no aportar algo no es inducir a engaño.
Ese es el sistema de alegaciones.
Nadie está obligado a alegar algo en su contra.
No obstante yo personalmente no pienso acudir al arbitraje.