Re: Subordinadas caja duero
Pues puede ser que tengas razón. El vicio de consentimiento no se da en una persona jurídica, se tiene que dar en el representante, y si el representante a nivel personal conoce los diversos instrumentos financieros y su riesgo, incrementa "el riesgo" de que la demanda de nulidad por vicio de consentimiento salga mal.
La nota de la CNMV es una comunicación dirigida a la AEB, a la CECA y a otras asociaciones de intermediarios financieras (para que la distribuyan entre sus asociados) es decir, al sector en general de fecha 16 de junio de 2010. En el post he colgado lo que se refiere precisamente a la formación de precios en el mercado secundario, pero te cuelgo el link completo.
http://www.cnmv.es/portal/verDoc.axd?t={13ab2278-a5ec-41d4-9023-e84fd1273c3a}