Re: Subordinadas caja duero
Habría que distinguir si la sentencia se hubiese dictado y ejecutado por Ceiss antes del 31 de diciembre de 2013 o con posterioridad a esa fecha. En el primer caso, se aplicaría la solución que tú dices y ya en la información fiscal de la AEAT y en la de Caja España deberían figurar las cantidades entregadas al afectado en cumplimiento de la sentencia que, en el caso de haberle devuelto la totalidad de la cantidad invertida, impediría lógicamente que el afectado se dedujese el importe de la quita de mayo de 2013.
Por el contrario, si la sentencia ha sido dictada y/o ejecutada con posterioridad al 31 de diciembre de 2013 y aunque lo haya sido antes del 30 de junio de 2014 ya habría que proceder como dije antes en la respuesta a bena20. Saludos.