Si te aceptan el arbitraje, te valoran las acciones al precio a como estén el dia antes de firmar el conforme, y ese dinero te lo descuentan del total que calculan que te corresponde (descontando también la diferencia de intereses), ya que es lo que tienes en acciones (si te decidieras a venderlas!).
P.E, si tenías 10.000 en preferentes, pero te han dado 3.000 en intereses, cuando un plazo fijo sólo te hubiera dado 1.000, pues te descontarán esos 2.000 de diferencia, por lo que te corresponderían 8.000... si en acciones tienes 5.000, ese dinero no te lo devuelven, te devolverán la diferencia respecto al total, que serán 3.000 (lo que te devuelven en efectivo!). Si vendieras las acciones, tendrías los 5.000 restantes para llegar a los 8.000 que te corresponden, una vez descontada la diferencia de intereses.
Si decides quedarte las acciones, y el laudo es positivo, si suben, esas "ganancias" te las quedas para ti, pero si bajan, las pérdidas también te las comerás, aún con el arbitraje ganado. El valor de referencia de la acción, en caso de laudo positivo, para que te devuelvan tus ahorros, será siempre el del día de antes de la firma. Si las mantienes, y luego suben o bajan, implicará que estás arriesgando a ganar o perder con ellas.
P.D. Al forero galaisi ya le ha respondido Juan Carlos Menéndez (abogado que, sin estar afectado, nos está ayudando mucho!), así que ya no hace falta que le conteste...