Muchas gracias por la información. Como bien dice ud, me parece que este trato tiene algo de burla. Puesto que mi pareja de 13.000 euros que era el valor de las acciones en su dia ha recibido 11.400.
Además de no recuperar la provisión de fondos que fueron 550 euros.
2100 euros + los intereses? + las costas?... todo por hacer un corta y pega de miles de demandas me parece cuanto menos abusivo.
Por ese motivo estoy interesado en que el compañero dossier que está aún pendiente de recibir su dinero me comente en qué condiciones se va a hacer.
Y como ha sido ud tan amable de informarme del procedimiento habitual, incluyo los puntos segundo y tercero de la hoja de encargo por si pudiera darle una interpretación a lo sucedido.
Como comentaba en un post anterior no es mi dinero, es de mi pareja, pero como a mi entender aquí se han producido irregularidades como no recibir factura, estoy recabando toda la información posible para convencerla de acudir al despacho del abogado y pedir una explicación de lo sucedido.
SEGUNDA.-PROVISIÓN DE FONDOS. Para el inicio de los trabajos objeto de este encargo, el cliente ingresará la cantidad de 550 € en la cuenta IBAN xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
del BANCO SANTANDER a cuenta de los honorarios que se devenguen en cada momento.
Esta cantidad no es retornable, por lo que el abogado no tendrá la obligación de devolverla al
cliente; sólo será descontada de los honorarios correspondientes, en caso de resolución
estimatoria conforme al apartado b) de la estipulación tercera.
TERCERA.- HONORARIOS de ABOGADO y PROCURADOR.
a) En caso de acuerdo, judicial o extrajudicial, que ponga fin a la reclamación
objeto de este encargo, el cliente deberá abonar adicionalmente el 10% de la
cantidad recuperada en concepto de honorarios de su abogado.
b) Si el procedimiento judicial se gana con condena en costas, Arriaga Asociados
percibirá las costas procesales y los intereses si los hubiera.
c) Si el procedimiento judicial se gana sin condena en costas, Arriaga Asociados
percibirá adicionalmente los intereses, si los hubiera.
d) Una vez presentada la demanda, si el cliente recuperara su dinero por
cualquier causa o motivo distinto de los anteriores y que no implicara un
desistimiento, los honorarios a percibir por su abogado, serán adicionalmente
el 8% de la cantidad invertida en acciones.
e) Si el procedimiento judicial se pierde sin condena en costas, quedará en
poder de Arriaga Asociados la provisión de fondos entregada y ustedes no
tendrán que pagar ninguna otra cantidad en concepto de honorarios de su
abogado.
f) En el eventual caso de que se pierda el juicio con condena en costas, quedará
en poder de Arriaga Asociados la provisión de fondos entregada, no deberán
pagar ninguna otra cantidad en concepto de honorarios de su abogado y,
únicamente, deberán abonar las costas de la parte contraria.