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Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"

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Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"
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Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"
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#185

Alto riesgo

Cuidado.

Recordad la situación económica general. España tiene una deuda exterior muy elevada (posición inversora neta de - 1 billón de euros, cuadro 17.21 del Banco de España, cerca del 100 % del PIB). Al no tener soberanía monetaria, el ajuste se hace mediante bajadas de precios y salarios.

Entonces, el consumo de cualquier producto importado, como el petróleo, baja. Especialmente ante su creciente escasez, que exige ir a fuentes cada vez más costosas como el fracking.

Por tanto, cada vez menos gente usa el coche. Se viaja sólo cuando hace falta, y si se puede, en transporte público.

Echad un vistazo a la información financiera de Audasa en la CNMV. Los beneficios son claramente decrecientes.

#186

Re: Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"

¿Cómo? ¿Dónde viene eso? En el folleto no dice eso (no consigo hacer el copia pega pero este es el enlace):
http://www.cnmv.es/Portal/verDoc.axd?t={4dc35591-a8a9-4af9-ae88-805bdd4ba9b2}

No aparece nada de "siempre que". Aún así, lo que entiendo yo es que a las personas físicas sólo se le retiene un 1.2% en origen, con lo cual ya está la "deducción" te salga o no la declaración a devolver. Pero vamos, sería interesante que alguien que ya haya llevado Audasas lo aclare, ya que está claro que influye mucho en la decisión de compra.

Desde luego, si al final no son deducibles sería un caso más de publicidad engañosa, como la de "no tienen retención fiscal" de los script dividend.

#187

Re: Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"

Lo pone en los papeles que entrega la entidad bancaria una vez solicitas las obligaciones. Le hice una foto cuando me lo enseñó pero no se como ponerla aquí.

Saludos

#188

Re: Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"

Gracias por conseguir poner el recorte. Pues efectivamente ese texto en catalán no tiene la equivalencia del texto redactado en castellano.
De todas formas, sin ser un experto, pero sigo pensando que la exención fiscal sigue siendo aplicable, a ver si es esto:
-Retención en origen: 1.20%
-Declaración de Hacienda. Te pedirán una retención de 24% pero podrás decir que esos 24% los tienes exentos. Si por lo que sea, compensaciones con otros productos, o tramo de IRPF diferente, pudiera pedir una devolución mayor, como mucho podrá hacerse de ese 1.20% que te han retenido, más no, porque sería como que Hacienda te pagara por tener este producto, eso no puede ser, como mucho quedarse sin pagarles a ellos.

Digo yo, a mi humilde y corto entender. A diferencia de otras obligaciones que te retienen en origen, en Audasas sólo retienen 1.20% y esa es la diferencia respecto a otras emisiones que seguirá existiendo sea como sea la declaración de cada uno.

#189

Re: Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"

Los PDFs de la CNMV no se pueden enlazar. Los enlaces sólo funcionan temporalmente. Son así. Poned una queja a ver si os hacen caso.

#190

Re: Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"

A ver, aquí no hay gato encerrado ni publicidad engañosa, esto existe desde hace décadas (desde los tiempos de Franco).

Habéis probado a bajaros el programa PADRE del año pasado de la AEAT. Simular ahí estos cupones de AUDASA con su su retención efectiva del 1,2% y retención bonificada del 24% (que se mete en la casilla 740).

Dices: "No aparece nada de "siempre que". Aún así, lo que entiendo yo es que a las personas físicas sólo se le retiene un 1.2% en origen, con lo cual ya está la "deducción" te salga o no la declaración a devolver." Y los demás parece que asentís esto.

Te equivocas, la bonificación sólo existe si tienes que pagar a hacienda. Piénsalo.

Si la declaración te sale a devolver, las retenciones de audasa (1,2%), bonos repsol (21%), depósito clásico de toda la vida (21%), preferentes telefónica (21%), etc. La retención siempre te la van a devolver, por lo que no existe bonificación ni nada parecido, lo que te retengan te es indiferente. Lo único es que no tienes que esperar un año, a que te devuelvan lo retenido, en el caso del 21%.

#191

Re: Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"

Saludos!

He leído el hilo y creo entender que Audasa emite periódicamente deuda para refinanciar la que vence pero no para aumentarla. En este caso sí parece que aumenta su deuda pero es para efectuar ampliaciones en la vía.

Es decir, es una empresa que se encuentra en equilibrio y que si el escenario económico (sobre todo el paro, la ampliación del parque móvil y el precio del combustible) no empeora mucho no debemos temer impagos.

La cuestión es: ¿Por qué ofrecen en una emisión a 6 años una rentabilidad del 4,75% que supera el 6% con las bonificaciones fiscales cuando los bonos del Estado a 5 años ofrecen 2%, es decir, triplican la rentabilidad de los bonos del Tesoro que también tiene un ratido de endeudamiento Deuda/(Deuda + PIB) aprox. del 50% mientras que para Audasa el ratio (Deuda financiera neta)/(Deuda financiera neta + Fondos Propios)es del 64,6%?

#192

Re: Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"

Saludos! Entiendo que esto se refiere para algunas personas jurídicas que no físicas:

La emisión goza de una bonificación del 95% sobre las retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de forma que los intereses brutos serán objeto de una retención en la fuente del 1,20%, pero los obligacionistas sujetos con carácter general al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas podrán deducir de la cuota correspondiente a dicho impuesto hasta el 24% de los intereses brutos satisfechos, con el límite de dicha cuota. Los obligacionistas sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades no soportarán retención a cuenta en el momento de la percepción de los rendimientos y podrán deducir de la cuota correspondiente a dicho impuesto el 22,8% de los intereses brutos satisfechos con el límite de dicha cuota. No obstante, las sociedades de seguros, ahorro y entidades de crédito, no se deducirán cantidad alguna. EMISIÓN DE OBLIGACIONES “AUDASA MARZO 2014” - Resumen, pág. 8
22,8 + 1,2 = 24 Por otra parte, este tipo de producto llevamos comprándolo en mi casa hace más de 25 años y a mi madre, con escasos ingresos, le computaban la retención fiscal (sin bonificación) como pagada y la retención efectiva (con bonificación) como pago o retención adelantada y le devolvían la diferencia aunque su cuota fuera nula (básicamente por las reducciones de carácter personal y familiar). Es más en la página de R4 que anuncia esta OPS puedes leer: Si resides en el País Vasco o Navarra, consulta en tu oficina Renta 4 la rentabilidad financiero fiscal aplicable..
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