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Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

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Preferentes SOS Cuetara ES0130124003
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#1473

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

La respuesta es fácil.

Te están valorando las 2 preferentes al precio del último cambio, lo cual es muy correcto, ya que es la referencia más actual, aunque el mercado está tope manipulado.

Deoleo puede amortizar cuando quiera las Preferentes pagando en pasta el 100 % del nominal, si algún día ofrecen menos o vuelven a ofrecer canje por acciones, será a opción del Preferentista aceptar o no.

#1474

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

El 47% es el último precio de mercado de las preferentes. Pero como los precios suben y bajan constantemente no puedes saber a qué precio podrías venderlas en el mercado.

Eso sí, este precio nada tiene que ver con el precio de recompra de las participaciones por parte de Deoleo. Ese precio de recompra debe ser el 100% o si no será opcional.

#1475

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

Hoy se han negociado 2 preferentes de SOS a un precio de 33 euros de valor nominal.
http://www.aiaf.es/esp/aspx/Comun/FichaEmision.aspx?i=ES0130124003
Este precio también lo hubiese pagado yo, incluso más.
El regulador de mercado, CNMV y Sociedad de Bolsas, permiten que estas preferentes no se negocien en un mercado y pueda llevarse el papel el más mafioso al precio que quiere.
Yo he puesto una reclamación a la cnmv, pero no me dicen nada:
http://makibolsa.es/bar.htm

El Sr. Julio Segura ha dicho hoy ante el congreso: " Segura recalcó que las normas vigentes no permiten prohibir la colocación de instrumentos entre minoristas por el hecho de que sean complejos, por lo que la CNMV se ha centrado en establecer criterios para incrementar la protección del inversor, mejorando la transparencia y fortaleciendo la liquidez de su mercado, entre otras medidas".

Yo le digo: "Y una mierda". "¿Para cuando nuestras preferentes en el mercado SEND?"

#1476

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

¿Se entiende 33000€ o 33% del valor nominal?

#1477

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

¡¡¡NOTICIÓN!!!
Acabo de enterarme através de TVG,: sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra no recurrida por el BSCH, que obliga a devolver 100.000€ a un matrimonio de jubilados de Vigo
por no haberles dado la suficiente información a la hora de "espetarle" dos participaciones
en las que invirtieron todos sus ahorros;
Situación común para la mayoria de los inversores que picamos en este asunto creo yo.

#1478

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

Han pagado 33.000 por 2 preferentes o lo que es lo mismo han pagado al 33 % del nominal. Lo del notición no te hagas ilusiones, es un caso puntual y así tratan cada caso los juzgados.

#1479

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

Hola a todos. Me pregunto si alguno de vosotros piensa asistir a la junta de accionistas, eso suponiendo que seais accionistas.yo tengo algunjas acciones pero no tengo los conceptos muy claros en lo que respecta al reparto de esos 1.1 millones que seria lo que llevaria a la junta para defenderlo, habria que consultar a algun experto jurista y economista. No hago otra cosa que darle vueltas a esto. En cualquier caso pensar que la gente de Deoleo son una panda de HDLGP y que haran todo lo posible para no pagarnos ni ahora ni los proximos años y si no al tiempo. Sigo pensando que deberiamos de ponernos en manos de quien fuere que estudiara el caso para llegado el momento poner las demandas que fueran necesarias y por descontado que cobrara si nosotros lo hacemos si no ni hablar.
Agradeceria que todos los prefentes que leen este foro pero no se identifican, lo hagan a fin de tener una idea aproximada de nuestras fuerzas. El monto total de preferentistas es de tal magnitud que juntifica cualquier accion que tomemos y lo que no podemos hacer es permanecer indefinidamente de brazos cruzados. Un saludo para todos.

#1480

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

Yo tengo 3 preferentes pero no puedo ir a la junta, aunque es claro que allí tendrían de aclarar si piensan pagar o no.
Supongo que no podemos emprender acciones legales si ellos no justifican el no pago. El folleto está muy enravesado y es interpretable, aunque yo interpreto que sí nos han de pagar, seguro que un jurista nos lo podría aclarar. Dejo el texto de lo que dice el folleto:
La distribución de la remuneración de las Participaciones Preferentes estará condicionada a la
obtención de Beneficio Distribuible suficiente. No obstante lo anterior, los titulares de
Participaciones Preferentes tendrán derecho a percibir una remuneración parcial a prorrata
hasta el límite que, de acuerdo con los cálculos que resulten de lo previsto en el presente
Folleto, fuere posible, conforme se describe en el apartado 4.7.1.1 de la Nota de Valores.

La nota 4.7.1.1 no aclara nada y aún lía más el tema.

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