Este año ya veremos si hacen junta de preferentistas, el folleto no pone que estén obligados.
Ya dijimos en su día que era entrada en el Consejo de Deoleo Preferentes Sau y no en el consejo de Deoleo. Lo primero de poco va a servir.
Lo de depreciación de marcas, con auditor y aprobado en junta es peleable, pero es perdible, quién quiera ir por aquí está en su derecho, pero dudo que podamos levar la contraria al auditor y que alguien nos escuche y nos de la razón.
Lo que sí es peleable y cada vez tengo más claro que vamos a ganar es:
1º-El folleto describe bien claro lo que es "Beneficio Distribuible" y en este caso nos tocan 1,1 mill.
2º-El folleto no dice nada de que y a criterio de quién se considera suficiente.
3º-El folleto contempla la percepción parcial. Es absurdo poner este punto. Como dice Normando, si como ellos dicen no pueden pagar parcialmente. ¿Porque lo ponen en el folleto? No explican en ningún sitio en que caso pueden pagar parcialmente, pero se entiende que ha de ser si el beneficio no es suficiente para pagar el 100 %. Otro caso no puede haber.
Y por favor, leeros el folleto (con el apartado 4.7.1.1 es suficiente el resto es paja y ellos se remiten a este punto en el comunicado a la Cnmv) y podemos ir comentando todos los puntos que tengamos dudas.
Yo me lo he mirado 20 veces y duda ninguna.