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Re: Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Buenos días foreros, voy a plantear una duda que se me presenta sobre cuando hay que declarar en la Renta los gastos de las transferencias que cobra el Banco de España por la devolución de lo invertido o los excedentes de las reinversiones, a ver si me la podeis aclarar.
Hay diversas opiniones sobre si dichos gastos son deducibles o no, al hacer la declaración de la Renta, pero parece que la opinión mayoritaria es que si se pueden deducir.
Bien, suponiendo que sean deducibles, mi duda es, en que Ejercicio se deben deducir.
Os pongo un Ejemplo practico; una Letra que suscribí en Marzo, me ha vencido el pasado dia 6 de Diciembre, la he reinvertido por un año , y me ha producido unos rendimientos que tengo que declarar en la Renta de 2023 a realizar dentro de unos meses. Hasta ahí todo claro. Por esa letra no me han cobrado ninguna comisión ya que ha sido reinvertida y no he recibido su importe, pero en la transferencia que me hace el BE por los excedentes de la nueva reinversión me cobran el 0.15% de ese excedente y me abonan la diferencia. Mi duda es si esa comisión que me han cobrado en este Ejercicio la tengo que declarar en la Renta de 2023 o 2024.
Mi opinión es que debería deducirla este año 2023, que es cuando se ha pagado, por el excedente recibido, aunque esa letra no genere rendimientos hasta su vencimiento en el próximo año.
Me gustaría conocer la opinión de los expertos en estos temas, a ver que considerais.
Saludos.