#12121
Re: Dudas compra Letras del tesoro - Letras del Tesoro
Mil gracias por la info, me va a servir de mucho.
Buenos días, mil "de nada", celebro que te sirva de mucho.
Otra cuestión, si no tengo acceso aquí conmigo a las cartas del banco de España, hay manera de ver online las comisiones que me han cobrado?
Entiendo que te refieres a si la web del Tesoro muestra esas comisiones, Debería mostrarlas, pues hay un apartado al final de la misma página donde está Posición Integral donde pone CALENDARIO DE PAGOS PENDIENTES en los próximos 12 meses. Eso de abajo.
- En esa tabla hay una columna donde deberían estar las comisiones del Banco de España, Comisión BdE (4)
[][][][][][][][] Sin embargo, por alguna misteriosa razón que no acabo de comprender,
- no aparecen las comisiones de las letras ni siquiera al vencimiento, sólo aparecen las comisiones de los cupones de los bonos, a medias y encima incorrectas. Por ejemplo, calculan la comisión por abono de cupón antes de aplicar la retención fiscal y no después. Puedo asegurarte que el Banco de España me cobra la comisión por abono de cupón después de aplicar el 19% de retención fiscal.
Ese apartado es el campeón de errores de la web del Tesoro. El desglose de las comisiones debería aparecer allí, pero cuando aparece es para lamentarlo ....
[][][][][][][][] ¿Hay algo útil en la web para calcular las comisiones?
En los datos fiscales aparecen todos los vencimientos que hay que declarar en cada ejercicio, con sus fechas y el importe del beneficio obtenido. Puedes ir comparando esas fechas con las transferencias del Banco de España a tu cuenta de abono. Quizá pueda resultarte útil lo siguiente.
[][][][][][][][] ¿Hay algo útil en la web para calcular las comisiones?
En los datos fiscales aparecen todos los vencimientos que hay que declarar en cada ejercicio, con sus fechas y el importe del beneficio obtenido. Puedes ir comparando esas fechas con las transferencias del Banco de España a tu cuenta de abono. Quizá pueda resultarte útil lo siguiente.
- En la misma página de Posición Integral buscas el apartado VALORES ADJUDICADOS Y EMITIDOS.
- En el extremo izquierdo de esa tabla buscas la primera columna, donde aparecen los resguardos ES0L0..... y pinchas sobre el código del valor que te interese, pero, OJO, una vez que la letra o el bono han alcanzado su fecha de amortización, la información desaparecerá. Por cuidado en guardarla antes del vencimiento. Abajo tienes una captura con la cabecera de un resguardo que me vence en agosto_2024.
- Al pinchar sobre el resguardo la información mostrada es la siguiente. Te paso mi resguardo de agosto.
| Número de Resguardo: ES0L02408091/XXXXXXX/20230811 |
| Producto: LETRAS A 12 MESES |
| Nominal: X.000 € |
| Fecha de la Subasta: 08/08/2023 |
| Fecha de Emisión: 11/08/2023 |
| Fecha de amortización: 09/08/2024 |
| Valor Efectivo de la Adjudicación: X €
| Rentabilidad: 3,66
| Forma de Tramitación: Internet
| Reinversión de un resguardo previo: SI
| Estado del resguardo: Alta
He tapado los datos particulares con 'X'. En el apartado Valor Efectivo de la Adjudicación tienes el valor de compra, en Nominal el valor de amortización y el rendimiento a declarar será la diferencia
- Nominal - Valor Efectivo de la Adjudicación.
Además tienes la fecha de amortización, la cual te indica a qué ejercicio fiscal corresponden esos beneficios. En el caso del ejemplo precendente, la amortización se produce este año y declararé el rendimiento en 2025.
- Fecha de amortización: 09/08/2024.
[][][][][][][][] Los datos fiscales.
Para mi gusto, creo que son la opción más cómoda. La AEAT ofrece la lista de vencimientos que hay que declarar cada año, con la fecha, la cual te sirve para localizar los ingresos del Banco de España y calcular las comisiones. ¿Cómo? Bueno, hay casos más simples y otros más complicados, porque en la correspondencia del Banco de España las comisionesno aparecen individualizadas y en la declaración hay que deducir los gastos de forma individualizada, para cada suscripción. Te comento algunas cosas.
- He añadido a mi declaración de este año alguna documentación: el escaneado de las cartas del Banco de España con las comisiones y el justificante bancario de ingreso en cuenta. Puedes optar por esto último, a falta de lo primero, aunque tampoco es necesario adjuntar nada. Sólo por tranquilidad y seguridad.
- En el caso de amortización calcular la comisión es lo más simple del mundo. Si el nominal de tu suscripción fue, pongamos, 10.000€, la comisión a deducir será 10 x 1,5 euros.
- Los sobrantes de las suscripciones o compra de deuda iniciales no llevan ninguna comisión a deducir. Tampoco llevan comisión la devolución de las transferencias fallidas.
- En el caso de recibir sobrantes de una reinversión por importe inferior a 600 euros la comisión será de 0,90€.
- Si esa transferencia corresponde a los sobrantes de varias reinversiones, tendrás que repartir esos 90 céntimos entre las diferentes reinversiones, para deducirlas de los rendimientos de cada reinversión de forma individualizada.
- Los rankianos cuyos posts he leído proponen diversas opciones, desde el reparto proporcional hasta deducir los 90 céntimos de una sola operación. Ahí no me meto, a criterio de cada cual.
- Si esa transferencia corresponde a los sobrantes de varias reinversiones, tendrás que repartir esos 90 céntimos entre las diferentes reinversiones, para deducirlas de los rendimientos de cada reinversión de forma individualizada.
- En el caso de recibir varios importes cuya suma sea superior a 600€, comentan otros rankianos y creo que yo misma tengo algún caso propio, que el Banco de España aplica la comisión por transferencia por el importe global. Ejemplo.
- Tienes
- amortización de 1 letra por 1000€ ••• sola tendría una comisión de 1,5€ •••
- sobrante reinversión por importe de 40€ ••• solo tendría una comisión de 0,90€ •••
- junto suma todo 1040€ y la comisión que te van a aplicar será 0,15% de 1040€, 1,56€ ••• en vez de la suma de las dos comisiones por separado, que sería 2,4€ y ....
- ... y por lo tanto tendrás que deducir de cada rendimiento un 0,15% del importe del mismo, y no 0,90€ del importe menor.
- Tienes
- Si tienes cupones de bonos u obligaciones, practicas la retención fiscal antes de calcular la rentención.
Ahora vuelvo con otra cosa en un post diferente .....