Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
¿QUÉ DICEN LOS FOLLETOS DE LAS PREFERENTES?
El Emisor podrá amortizar anticipadamente, previa autorización del Banco de España, todas o parte de lasParticipaciones Preferentes Serie B emitidas, siempre que hayan transcurrido 5 años desde la fecha de cierre definitivo del período de suscripción, REEMBOLSANDO a su titular el valor nominal y la parte correspondiente de los dividendos que, en su caso, le hubiesen correspondido respecto del período corriente de dividendos.
¿Qué significado tiene el verbo reembolsar? Según el Diccionario de la la Lengua Española de la RAE.
1. tr. Volver una cantidad a poder de quien la había desembolsado. U. t. c. prnl.
Entonces, cómo vamos a permitir que nos cuelen esta oferta.
Derecho a percibir el precio de amortización
En los supuestos de amortización contemplados en el apartado 2.11 siguiente, los titulares de Participaciones Preferentes Serie B tendrán derecho a percibir un precio de amortización por cada valor que consistirá en un importe igual a su valor nominal más,en su caso, una cantidad igual al dividendo devengado desde la última fecha de pago de dividendos hasta la fecha establecida para la amortización y no satisfecho, haya sido declarado o no.
2.11 Amortización de las Participaciones Preferentes Serie B
2.11.1 Precio de amortización
Cada Participación Preferente Serie B objeto de la presente Emisión concede a su titular,en el supuesto de amortización total o parcial, derecho a percibir un precio de amortización que consistirá en su valor nominal más un importe igual al dividendo devengado hasta la fecha establecida para la amortización y no satisfecho (el “Precio deAmortización”). La amortización de las Participaciones Preferentes Serie B no implica la de los valores integrantes de las Participaciones Preferentes Serie A.
La decisión de amortización deberá ser notificada, con carácter irrevocable, por el Emisor (CAIXA PREFERENCE), por medio de la Entidad de Enlace (LA CAIXA), a los titulares de las Participaciones Preferentes Serie B con una antelación de entre 30 y 60 días respecto de la fecha señalada para la amortización. Dicha comunicación se llevará a cabo ante la CNMV y mediante la publicación del correspondiente anuncio en el --Boletín de Cotización delMercado A.I.A.F. de Renta Fija-- así como en un periódico de difusión nacional en España.El Emisor abonará al Agente de Pagos (LA CAIXA), para su distribución a los titulares de las Participaciones Preferentes Serie B, ---el Precio de Amortización----.*EL pago del Precio de Amortización se halla garantizado por “la Caixa”*.No se requiere autorización de los titulares de Participaciones Preferentes Serie B para la amortización.
2.12 Información relativa a las condiciones de conversión en el caso de emisiones de obligaciones convertibles en acciones del Emisor.
No procede.
2.13 Información relativa a las condiciones de canje en el caso de emisiones de valores canjeables por acciones del emisor.
No procede.
2.14 Información relativa a las condiciones de canje en el caso de emisiones de valores canjeables por acciones de una sociedad distinta del emisor.
No procede.
2.15 Información relativa a las condiciones de conversión en el caso de emisionesde valores convertibles en acciones de una sociedad distinta del emisor.
No procede.
2.16 Información relativa a las condiciones de conversión en el caso de emisiones de valores distintos de obligaciones convertibles por acciones del emisor.
No procede.
La Caixa, accionista mayoritaria de Caixabank, y única accionista de Caixa Preference SAU -emisora de las preferentes 1 y 2- no cumple lo estipulado en los folletos de las emisiones, que no contemplan: conversiones y/o canjes, ni en obligaciones convertibles ni de otro carácter o naturaleza. Los folletos sólo explicitan dos supuestos equiparables en cuanto a la devolución del nominal (reembolso): amortización de las preferentes o liquidación del emisor (Caixa Preference) con pago del nominal.
¿Por qué la CNMV ha admitido la operación de la Entidad?
Tened en cuenta que, en la nota de valores se menciona explícitamente que no se devolverá capital efectivo en ningún caso. Inaudito.
Este canje habría que intentar pararlo, para procurar mejores condiciones o una amortización como establecen los folletos; y tal como están las cosas, sólo sería factible con una medida de carácter legal: Contencioso administrativo por el procedimiento abreviado.
Yo espero que ADICAE se moje con esto....