Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
Refrente al tema de las ordenes de venta encontré esto en la cnmv:
Cuando un cliente ordena a una entidad la compra o venta de un producto finaciero, su orden debe ser ejecutada tratando de conseguir el mejor resultado posible para el cliente ( ejecución óptima).
Durante el proceso de compra o venta de un producto finaciero la entidad debe informar, a petición del cliente, de la situación en la que se encuentra su orden. Una vez ejecutada, le confirmará la operación con la condicines en las que se ha realizado.
Si por cualquier razón la entidad no puede ejecutar su orden de forma pronta y secuencial, se lo debe notificar inmediatamente.
Además en todo moneto debe informarle, si así lo solicita, sobre la situación de su orden.
Como cliente tiene derecho a solicitar a su intermediario que le justifique que su orden se ha ejecutado conforme a sus instrucciones o a la politica de ejecución de órdenes que le ha informado.
Si a pesar de ello, usted se siente perjudicado, puede presentar una reclamación ante la entidad. Si no recibe una respuesta de la entidad en el plazo de dos meses o si ésta no le resulta satisfactoria puede acudir a la Oficina de Atención al INversor de la CNMV, encargada de atender las consultas, quejas y reclamaciones de los inversores de forma gratuita.