Vamos a ver, por lo que sé la MiFID lo que hace es proteger al inversor, instaurando una serie de requisitos para que no a todos los perfiles de personas se le pueda vender o colocar de todo, hay una normativa y una serie de cortapisas …………… y precisamente las preferentes se consideran a efectos de esta ley, que es de rango europeo, un producto de riesgo, por tanto por hecho de que firmes un contrato no es suficiente, aquí tienes “literatura variada”
http://es.wikipedia.org/wiki/Directiva_sobre_Mercados_de_Instrumentos_Financieros
http://portal.lacaixa.es/inversion/mifid_es.html
https://www.caixapenedes.com/mifid.asp?idioma=esp
https://www.cajamar.es/es/comun/informacion-corporativa/informacion-para-inversores/directiva-mifid/
https://www.bancosantander.es/cssa/StaticBS?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1195151716193&cachecontrol=immediate&ssbinary=true&maxage=3600
Entonces sin estos requisitos o alguno de ellos no se cumplió, es donde las entidades tienen el problema, pero esto hay que demostrarlo ante un tribunal, y claro fácil no es ….. pero te diré mas, según los del foro de noclip.es, que están “atacando” otro producto financiero muy distinto a tu caso, pero que la base presuntamente quebrada por las entidades es la misma, se dice que aún cuando en un jucio el que demanda (en este hipotético caso serías tu) debe probar la acusación, el que recibe la demanda, o sea en tu caso la entidad financiera, solo se defiende, vamos que la carga de la prueba es tuya, como en todo juicio, el acusado debe limitarse a defenderse, lo cual es mas sencillo que buscar pruebas para acusar, pues mira …… con esto de la MiFID y por mas demandados que puedan ser, en la parte de la MiFID la carga de la prueba se invierte, y para este menester aunque sean demandados, son ellos los deben demostrar que cumplieron lo que les obliga esta directiva MiFID.
Sin embargo, por lo que leo de la red, a las buenas, pues no …… tendrás que ir a juzgado y esto ya de entrada desgasta, además de costar dinero …. Preguntarás porque si es tan claro normalmente te obligan a este vía crucis, si saben que pueden perder, o hay elevadas probabilidades, si pierden es mas caro para ello …. No lo entiendo, esto es apostar a caballo perdedor …… pues no, no es así …. Te cuento …….. si tu tienes un problema con una empresa, y eres el único que lo tiene, pues en ahorro de costes sería recomendable un pacto o buscar un acuerdo intermedio, pero si hay muchos la óptica es otra ….. vamos a ver …..
Supongamos que tu caja tiene 2.000 problemas de tu tipo, y sabe que en juicios tiene elevadas posibilidades de perder, y no digo que sea así, porque entre otras cosas la justicia dista mucho de ser matemáticas, pero imaginemos un escenario en el cual la entidad sabe que perderá 1.900 de los 2.000, y ganará unos 100 en el mejor de los casos, porque el cliente se ha agenciado un abogado que lo plantea mal, o no es especialista en temas financieros, o sencillamente la caga ….. me dirás pues ya son ganas de ir a juicio si van a perder ….no, no, no, de entrada para ir tienes que hacer una provisión de fondos al abogado y al procurador, además de pagar un perito de lo económico para que haga un informe de apoyo …. Esto difícilmente te baja de 2 ó 3.000 €, que vale se recupera si se gana, pero si se pierde ya puedes doblar el coste porque los gastos de la otra parte los paga el que pierde. Apuesta a que los 2.000 solo con pensar en meterse en juicio la mitad ni siquiera van al abogado a plantearlo, y a partir de aquí cuando a uno le digan que son 3.000 € para empezar, algunos se conformarán con vender en el SEND al 80% porque al menos esto lo tienen seguro, entonces si estamos en 500 que tirarán adelante creo que digo muchos, supongamos que estos 500 pierdan 450 las cuentas salen mejor que acordando con los 2.000 de antes ….., al margen de que con un cliente pierdan, o con 400, da lo mismo, lo que cuenta es la globalidad del tema, de 2.000 problemas, con 400 hemos acabado en tema.
¿Y la pérdida de clientes? No nos engañemos, los que se plantean pelearse con la entidad, ya son clientes perdidos antes de ir al abogado ……. Esto ya no tiene remedio, lo tenía antes del cabreo , pero después del mismo, ya no …..
Es por todo ello que aquí, algunos defendemos que si es posible (cuando la cotización es del orden del 100%) agotar antes la vía administrativa del SAC, Defensor del Cliente y Comisión Nacional del Mercado de Valores, porque hay posibilidades reales de que sea suficiente, y en todo caso la opción legal sigue ahí si falla la opción administrativa.