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Deuda Subordinada de la caixa

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Deuda Subordinada de la caixa
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Deuda Subordinada de la caixa
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#25

Re: Deuda Subordinada de la caixa

Pues que está emitida por su compañía de seguros, anda a complicar mas las cosas, es que en el ático de las torres de la Diagonal, tienen unas mentes privilegiadas de la leche .........
http://www.cnmv.es/Portal/Consultas/Folletos/FolletosEmisionOPV.aspx?nif=A-58333261 o sea qyue tienes el dinero en una compañía de seguros, no lo tienes en un banco ¿esto es bueno o malo? pues no sé, para mi es casi lo mismo, pero puestos a elegir mejor un banco, no por nada, sino por ser unos negocios apoyados por el Banco de España o en BCE tal como se ha demostrado en las últimas crisis de CCM, CajaSur, Banco de Valencia o CAM ..... voy al siguiente cuyo folleto no está en PDF en esta web de la CNMV - ahí lo tienes
http://www.aiaf.es/docs/Ficheros/FolletosEmisiones/m_es0283691006_20001220_1.pdf, luego te cuento lo que iba a hacer yo en tu supuesto, pero en todo hay que ver la parte positiva, siempre la hay, incluso en los que van al canje, hay una parte positiva y es que tenían perpetuo y ahora tienen vencimiento, vale, vale .... a 10 años, pues bueno no gustará, pero convendrás conmigo que es algo mejor que antes, puede que se estime insuficiente, pero lo que es un hecho es que mejora lo que se tenía, al margen de que a algunos se les "vendió la moto" y ahora se habrán enterado de que no tiene ni nunca tuvo ruedas, lo cual para una moto es un defecto considerable ..... luego te cuento.

#26

Re: Deuda Subordinada de la caixa

Gracias, me he quedado fria de golpe, esta gente es lo peor, porfavor dime lo que se te ocurra, que te espero impaciente.
Un saludo y gracias de nuevo.

#27

Re: Deuda Subordinada de la caixa

¿Que es lo positivo en mi opinión? Pues que estos valores, de momento no están sujetos a canje, vale, tal vez sería mejor que lo hubieran ofrecido, sin embargo esto te dará tiempo a iniciar las reclamaciones en relación a la contratación del producto, de forma que cuando ofrezcan el canje, esperemos que sea así, y al menos tengas la opción de valorarlo, tengas “mucho trabajo hecho” y sin la presión del tiempo que tienen en este momento los “canjeados” ¿puedes reclamar? Pues depende de si te vendieron esto como se debe, cumpliendo la ley y la información pre contractual, pero si no te dieron el folleto o en su defecto el tríptico resumido, mal empezaron, ……. O por el contrario ya observas y tras las experiencias de otros foreros, estimas que en tu caso no fue correcto y ves margen para reclamar.

El problema que tienes es que por la MiFID los seguros no están sujetos a la misma reglamentación, y lo que se considera producto complejo en banca pues puede que no en seguros, no obstante si miras esta publicidad la cosa no queda tan clara precisamente:
http://portal.lacaixa.es/inversion/mifid_es.html

Dice:

Productos afectados

No todos los productos tienen la misma complejidad ni el mismo riesgo. Por ello, la directiva distingue entre tres tipos de productos:
Productos No MiFID
No están afectados por esta directiva los siguientes productos:
Cuentas corrientes
Libretas de ahorro a la vista
Imposiciones a plazo fijo
Depósitos a plazo de rendimiento variable con capital garantizado
Planes de pensiones

Seguros de ahorro (P2000, PVI, Unit Linked...)<<<<-------------------------------

Productos MiFID
Que, a su vez, se distinguen entre no complejos y complejos:
Productos no complejos
Acciones
Instrumentos del mercado monetario (pagarés, deuda pública)
Fondos de inversión y SICAV (excepto Hedge Funds)
Cédulas hipotecarias
Productos complejos

Deuda subordinada <<<<<<<<<<<<<< -------------------------------

Participaciones preferentes
Fondos de inversión libre (Hedge Funds)
Derivados (futuros, opciones, warrants, caps, floors...)
Contratos financieros atípicos
Seguros de cambio
Opciones sobre divisas

O sea que una cosa puede "contradecir" a la otra ................ pero en términos jurídicos, y ni idea si es aplicable dice "In dubio pro reo" que es una locución latina que expresa el principio jurídico de que en caso de duda, por ejemplo, por insuficiencia probatoria, se favorecerá al imputado o acusado (reo). Es uno de los pilares del Derecho penal moderno.

Pero claro, si tu demandas ¿quien es el reo? pues el demandado, por tanto te perjudicaría a ti, no obstante la ley obliga por normativa y mucho a las entidades financieras, por tanto por reglamentación de obligado cumplimiento, son ellos los que saldrían perjudicados, vamos que yo dudo que ante un juez esto les beneficiase con la lectura mas favorable, si ello ocurriera sería la mas favorable a ti.

#28

Re: Deuda Subordinada de la caixa

Lo del frío, mejor lo dejas Carolina, te vas a cabrear sola y me parece que sin motivo, no estás peor que los demás, como mucho estás "parecido" ...... al final que lo emita la entidad (banco) su filial de seguros (en la que tienen una posición mayoritaria y de control del consejo de administración) o que fueran de las que emite su filial en la ciudad caribeña de George Town (Grand Cayman), para mi es bastante irrelevante en estos momentos, esto es "grupo financiero La Caixa", esto sería importante en caso de quiebra, o que al menos hoy se vieran problemas serios como empresa, y como convendremos lo de riesgo de quiebra, pues no, afortunadamente no parece, por lo tanto para mi no te preocupes por el emisor, ni su solvencia, este no es el tema ..... ahora hay que ver dos cosas, una si esto llego a cotizar en los últimos meses en el AIAF para ello (localizarlo) puedes hacerlo como se te indica en este enlace .......... https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/787425-guia-andar-por-casa-para-venta-participaciones-preferentes?page=15#respuesta_948074 bueno y como sigan cotizando hoy (estos últimos días) sería ya una bendita suerte, porque con ello podrías utilizar "La Guía de andar por casa ............", pero no avancemos acontecimientos, de momento se trata de buscar en los boletines del AIAF, que con esto ya te he dado "muchos deberes".

#29

Re: Deuda Subordinada de la caixa

Mi querida directora me ha dicho que salen al mercado el dia 23, no se si sera verdad o mentira. Pero es que para mas INRI, tambien tengo preferentes 2. Bueno voy a los deberes.

#30

Re: Deuda Subordinada de la caixa

Estoy en la misma situación.
Que conclusión has sacado?

#32

Re: Deuda Subordinada de la caixa

Gracias.

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