Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
Yo de leyes, mas bien poco, entonces apliquemos el sentido común que veces hasta funciona y todo ……, ahondando en lo que te indica el amigo virtual “kajaman” ……….. concretamente en:
Que te contestan que la han destruido por escrito, quizás esto, pese a que en principio te puede parecer un inconveniente, es posible que no lo sea tanto.
Analicemos esto con sentido común:
Mira si tienes una tarjeta de crédito que utilizas regularmente, pagas el importe gastado cada mes, pero el contrato no aparece, en mi humilde opinión, el único problema que puede tener el banco es el cobro de las comisiones, porque si no hay contrato (o no aparece) no existen advertencias de que te toca pagarlas, pero lo que has gastado en el súper, la gasolinera, la tienda de ropa, cuyas órdenes de pago (tickets visa) has firmado en boli o con el pin que se supone que solo conoces tú, hombre …. Una aceptación tácita de que existe una relación contractual creo que sí, porque alegar ignorancia de cómo funciona una tarjeta de pago, cuando es un medio muy extendido, me parece complicado, porque además un contrato de tarjeta no creo que esté determinado en lugar alguno que se considere un contrato complejo u oscuro en sus pactos, al margen de que pues las comisiones al no existir o extraviarse en contrato pues ahí ves … no constaría el reconocimiento de las mismas.
Ahora bien, hablamos de un producto que se ha definido como complejo, y antes de la MiFID las entidades ya tenían sistemas de calificar los productos de inversión en colores rojo, amarillo o verde, y las preferentes no sé si eran amarillo (como los semáforos) o rojo, pero te aseguro que verdes no eran …………. Entonces considerar que la mera percepción de intereses ya supone una aceptación de dicho contrato sin que este se pueda mostrar, creo que “es mucho considerar”, porque por “consideraciones” y valga la redundancia, también se puede “considerar” (valga de nuevo) que los intereses corresponden a un depósito a plazo, o sea que por sentido común, en mi opinión de no abogado (no lo soy) sin contrato o extravía, me parece mucho suponer …………
Creo que con estos ejemplos, perdona por el rollo y “las consideraciones” esto de que no existe en contrato, en lugar de un inconveniente puede convertirse un gran aliado, si no lo hay, bien explotado por un abogado listo, me parece que es de aquellas cosas que ni llega a los juzgados, tiene mas pinta de acuerdo que otra cosa, eso sí, bien explotado por un tercero, mejor que no sea tu mismo, que pueda hablar de tú a tú con el banco, y de una manera profesional.
Piensa que tu conflicto, para ti es un motivo, para ellos solo trabajo ….. tal vez y en la hipótesis (*) de que no hubiera contrato mejor que para ambas partes negociadoras sea solo trabajo, los motivos y los cabreos en casa de uno, estas cosas por lo profesional suelen ir mejor, controlado pero por parte de un profesional.