Esto es lo que pone exactamente:
"Caixabank, de acuerdo con dicha normativa, ha clasificado las Obligaciones como producto complejo, de riesgo alto las Obligaciones Subordinadas y de riesgo muy alto las Obligaciones Convertibles. De acuerdo con dicha clasificación las oficinas del Banco, con anterioridad a la contratación, evaluarán si el producto ofrecido es adecuado para el peticionario según su conocimiento y experiencia, mediante la cumplimentación del test de conveniencia. Asimismo, y en el supuesto que el cliente contrate Obligaciones como consecuencia del servicio de asesoramiento financiero, la oficina de CaixaBank también realizará el test de idoneidad.
La oficina ante la que se formulen rechazará aquellas peticiones que no cumplan cualquiera de los requisitos exigidos en virtud de la normativa MiFID."
Vamos que ami juicio, si desconces la operativa de las convertibles, obligaciones, etc. te deben negar el que vayas al canje, a no ser que jures que eres un experto financiero, lo que me parece de traca.