Extracto de la Nota de Valores publicada en:
http://www.caixabank.com/deployedfiles/caixabank/Estaticos/PDFs/Informacion_accionistas_inversores/Informacion_General/Nota_de_Valores.pdf
4.6.3. (A) Conversión y/o canje de las Obligaciones Convertibles / Canjeables
La relación de conversión y/o canje de las Obligaciones Convertibles / Canjeables en Acciones (la “Relación de Conversión y/o Canje”) será fija a lo largo de toda la vida de la Emisión, sin que fluctuaciones en el precio de mercado de las acciones de CaixaBank den lugar a ajuste alguno en la Relación de Conversión y/o Canje, ...
4.6.3(E) siguiente. La Relación de Conversión y/o Canje, que será única para todos los supuestos de conversión y/o canje, quedará fijada en el número de Acciones resultante del cociente de dividir el valor nominal que tengan las Obligaciones Convertibles / Canjeables en cada momento (esto es, 100 euros o 50 euros, según corresponda) entre el valor atribuido a las acciones ordinarias de CaixaBank (el “Precio de Conversión y/o Canje”), que será el que resulte el mayor de los siguientes: a) 3,73 euros por acción; o
b) el 100% de la media ponderada de los precios medios ponderados (tomándose como referencia, salvo error manifiesto, el publicado en el boletín de cotización de la Bolsa de Valores de Barcelona y redondeado, en su caso, a tres decimales) de la acción durante los últimos 15 días hábiles bursátiles del Periodo de Aceptación de la Oferta de Recompra señalado en el apartado 5.1.3.1 siguiente de la Nota de Valores (esto es, del 11 al 31 de enero de 2012, salvo terminación anticipada o extensión del Periodo de Aceptación, de conformidad con lo previsto en el apartado 5.1.3.4 siguiente). En el caso de que las circunstancias de mercado así lo aconsejasen, el Precio de Conversión y/o Canje podría ser modificado por el Banco durante el Periodo de Aceptación.
Esto último es cojonudo, si no me gusta la circunstancia del mercado, le pongo el precio que me da la gana.
Estoy seguro de que el documento está lleno de perlas como ésta.