Hola ualocin,
sí, he leido la cláusula 10 del contrato, pero creo que no es tan fácil, todos atacariamos por esa cláusula. ¿Te hicieron el test de conveniencia?, si te las endosaron después de noviembre de 2007 tenian obligación legal de hacertelo.
Creo que Darmah es de Mallorca y se ve bastante activo, búscalo por el usuario.
La duda que tienes con respecto al canje, es la que tenemos todos, si has leido los comentarios del foro, aceptando el canje se pierde la perpetuidad y si no necesitas el dinero de manera urgente y lo puedes dejar un tiempo hasta que la situación económica mejore, puedes salir airoso, ¡¡¡NO ES JUSTO QUE DISPONGAN ASÍ DE NUESTRO DINERO¡¡.
Lo que no sabemos y nadie se atreve a pronosticar, es que si no aceptamos el canje y al no cumplir con los requisitos de Basilea III, puede:
1º Que no les interese mantenerlas pagando el cupón trimestral de manera perpetua, con lo que las pueden amortizar al 100%
2º O, que te obliguen a venderlas en el mercado SEND y algunas emisiones pueden llegar a cotizar al 40% o al 50% de su valor nominal. No son interesantes para los inversores.
SI ACEPTAS EL CANJE, ¡¡¡no olvides presentar el escrito de reserva de acciones legales¡¡¡
Si no lo tienes me lo dices y te lo envio.
Ánimo y un saludo