Por este importe normalmente no demandan, y su lo hacen, que en su derecho están va a ser normalmente por un proceso monitorio, que al no llegar a los 2.000 €, no es necesaria la concurrencia de abogado y procurador, si alguien lo contrata es su problema, pero es muy difícil que hubiera condena al pago, porque no hay que llevar abogado, se entiende que es voluntario hasta 2.000 € ..........¿siempre o hay excepciones? si hay excepciones creo, pero es cuando tu obligas a alguien a actuar así, por ejemplo demandar a alguien en un juzgado que no le corresponde, por ejemplo tu vives en Barcelona, y te demandan en Badajoz, vale que no tiene sentido, pero imagínate que lo hacen por es ahí dónde esta establecida la empresa que te demanda, y pretenden que vayas tu en lugar de venir ellos, pues te verías obligado a contratar a alguien en Extremadura, entonces tal vez si pierden les condenasen a pagar los gastos, porque te obligaron a ir a un lugar que no corresponde, las demandas deben presentarse en el domicilio del demandado .... pero vamos sería muy raro, por lo pronto el juez de Badajoz no iba a admitir a trámite un asunto de un señor o señora de Barcelona.
Yo creo que los contratos tienen que cumplirse, pero claro si te venden una moto por teléfono, te llega el contrato no lo ves claro, y desistes, ellos no tienen contrato, me parece que es un juicio que muy probablemente van a perder, y eso lo saben.