Re: Período de gracia en última prima seguro de vida
El post al que estoy contestando dices en la primera frase que eres mediador. De todos modos, yo solo digo que si uno está seguro algo, puede afirmar, pero si no lo está, debe exponer que es una opinión o que mejor buscar 2as opiniones. Aún así, puede ser que estés confundido o que no te hayan explicado bien la Ley, cosa que deberían haber hecho porque para un mediador, yo creo que saberse la LCS debería ser más que lo primero. Hasta aquí este asunto.
Vamos al tema técnico. Todos esos cambios que nos dices, en qué estan amparados? Porque supondrían una auténtica revolución, vamos lo contrario que dice la Ley. Por poner un ejemplo, precisamente el "mes de gracia" como aquí se está llamando es para las primas siguientes, no para la primera prima o prima única... Es decir, lo que tu dices no es que difiera de la Ley, es que es lo contrario. Por no decir que va en contra del objetivo de la Ley, que es proteger al menos fuerte en la relación (el asegurado).
Por tanto, me gustaría que me adjuntaras la Ley, Orden ministerial, Decreto, etc. que modifique la LCS, o bien la jurisprudencia que confirma todo lo que tu afirmas en tus escritos.
Si tienes una base sólida por favor, compartela pues me gustaría no dar consejos erróneos y actualizarme.
Saludos :)
PD: Por cierto, ya te dijo que era sin animo de ofender, aquí solo estamos pa ayudarnos :)