De nuevo el robo/hurto de vehículo al dejar las llaves puestas...
Lo primero una aclaración, el compañero assandreu pregunta la antigüedad por el hecho de que en función de la misma se calculará la indemnización que pudiera corresponderte (valor de nuevo, mercado, venal,...).
En todo caso, coincido con Acrasol, en que el problema lo tendrás en si la cia entiende la existencia o concurrencia de negligencia grave por tu parte al dejar las llaves puestas.
En este foro he visto gente que niega esa posibilidad y mantiene que con la ley en la mano no es posible tal interpretación.
Sin embargo, últimamente, no solo las aseguradoras sino también los Juzgados están empezando a contemplar esta interpretación. Se tienen muy en cuenta las circunstancias concretas de la sustracción, es decir, no es lo mismo estar al lado del vehículo poniendo gasolina que dejarlo en mitad de la noche en un barrio conflictivo de cualquier ciudad.
En definitiva, te digo que la mayoría de aseguradoras lo van a rechazar en base a esa negligencia grave al dejar el mecanismo especifico y fundamental que previene la sustracción (las llaves) a disposición del caco.
Judicialmente, tendrás que intentar acreditar las circunstancias que puedan jugar a tu favor aunque por lo que dices de dejar el coche y pasarte a la cafetería a tomar un café... no sé yo. SalU2´s