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Seguro de responsabilidad civil por parte de inquilino en plaza de parking comunitario
Buenos días,
Estoy perfilando un contrato para un inquilino en una plaza de parking.
Me surge la duda si es conveniente que suscriba un seguro de responsabilidad civil (el inquilino), de forma que aparezca como claúsula en el contrato.
A mi esto me parece exagerado. Creo que la plaza de garaje debe estar cubierta ya en caso de que ocurra algo provocado por la comunidad (pagamos una comunidad cada 3 meses por el garaje -entiendo que entre lo que cubre será un seguro de responsabilidad civil y cubrirá daños de los coches alquilados-). De todas formas aunque yo sea la propietaria, yo no soy responsable de los daños que el pueda provocar (en el contrato aparece esta claúsula): será el coche del inquilino el que esté aparcado, no el mio.
En caso de inundación, incendio por otro vechículo,etc ya será responsabilidad del que lo provoque y no creo que la comunidad lo cubra, ni tenga que ser la propietaria que suscriba un seguro (vamos, creo que en mi caso, para nada tengo que ser yo -supongo que si no sería obligatorio y no he leído por ninguna parte que el propietario de un parking tenga que suscribirlo obligatoriamente).
¿Cómo lo veis? No quiero ningún problema. De hecho el alquiler es con contrato y se pagan todos los impuestos tanto por parte de la propietaria como por parte del inquilio (irpf e iva).
Un saludo y gracias
Estoy perfilando un contrato para un inquilino en una plaza de parking.
Me surge la duda si es conveniente que suscriba un seguro de responsabilidad civil (el inquilino), de forma que aparezca como claúsula en el contrato.
A mi esto me parece exagerado. Creo que la plaza de garaje debe estar cubierta ya en caso de que ocurra algo provocado por la comunidad (pagamos una comunidad cada 3 meses por el garaje -entiendo que entre lo que cubre será un seguro de responsabilidad civil y cubrirá daños de los coches alquilados-). De todas formas aunque yo sea la propietaria, yo no soy responsable de los daños que el pueda provocar (en el contrato aparece esta claúsula): será el coche del inquilino el que esté aparcado, no el mio.
En caso de inundación, incendio por otro vechículo,etc ya será responsabilidad del que lo provoque y no creo que la comunidad lo cubra, ni tenga que ser la propietaria que suscriba un seguro (vamos, creo que en mi caso, para nada tengo que ser yo -supongo que si no sería obligatorio y no he leído por ninguna parte que el propietario de un parking tenga que suscribirlo obligatoriamente).
¿Cómo lo veis? No quiero ningún problema. De hecho el alquiler es con contrato y se pagan todos los impuestos tanto por parte de la propietaria como por parte del inquilio (irpf e iva).
Un saludo y gracias