Es que este no es un caso de cuestión de opinión. Existe una legislación que indica que la anulación de una póliza de seguro se debe realizar de determina forma, ya sea la prima anual cobrada mensual, trismestral o semestralmente. No caben valoraciones distintas a las que expone la ley.
Otra tema es que la aseguradora reclame judicialmente, o no, la prima al asegurado. Todos hemos coincidio que lo más probable es que no, pero no lo podemos asegurar, porque la aseguradora legalmente lo puede realizar. Decirlo de la forma que lo has indicado, induce a error, es mejor explicar los riesgos que entraña una decisión y después cuando la persona tenga toda la información al respecto, elija que es lo que cree que es mejor para sus intereses.