Re: Seguro del hogar y seguro de comunidad
-El capital asegurado para el continente es por reconstrucción en caso de incendio , y se tarifica aplicando un coeficiente por metro cuadrado construido de la vivienda asegurada.
- Por la hipoteca estás obligado a contratar un seguro de incendio, aunque lo habitual es hacerlo de hogar y así cubrir otros riesgos, realizando la cesión de derechos a favor de la entidad crediticia.
- En cuanto al capital del contenido, nadie sabe el valor de lo que tienes en tu vivienda, con lo cual debes de ser tú el que haga el cálculo, cuidado con quedarte corto puesto que en caso de siniestro si tienes infraseguro te van a realizar un cálculo proporcional y sólo te abonarán esta parte.
- Que estés obligado a contratar un seguro e incluir una claúsula de cesión de derechos a favor del banco no implica que debas contratar la póliza en dicho banco, puedes hacerlo en la compañía que elijas, incluir la claúsula de cesión de derechos en el condicionado particular y pedir una copia a la compañía para el banco.
-En el caso de tener una póliza de seguro de hogar sosbrevalorada (como es tu situación) y tener un siniestro, el perito va a valorar los daños conforme el precio de reparación del mercado, con lo cual no te van a pagar un excedente por los mismos, sino la reparación del siniestro en sí.
- En cuanto a la cobertura de RC (responsabilidad civil) hay compañías que permiten elegir entre dos cantidades, yo soy partidaria de contratar la más alta, tampoco sube demasiado el importe de la prima a pagar.
-En cuanto a retirar tu póliza de hogar a favor de la de la comunidad, que en principio puede parecer una redundancia, no lo haría, en la póliza de hogar existe una cobertura de daños estéticos que las pólizas de comunidad no contemplan.
Espero haber sido de ayuda.
Un saludo