Acceder

Caldera Mural y Radiadores

21 respuestas
Caldera Mural y Radiadores
Caldera Mural y Radiadores
Página
2 / 3
#9

Re: Caldera Mural y Radiadores

Para mí, una caldera individual de la vivienda con sus instalaciones, tuberías y radiadores es continente, igual que son las puertas, los armarios empotrados, las hojas de las ventanas, los enchufes y llaves de luz, etc…, unos radiadores para calor de pared eléctricos pueden ser contenido ya que no necesitan de ninguna instalación adicional y su desmontaje no menoscaba la armonia de la edificación.

#10

Re: Caldera Mural y Radiadores

Me voy a coger los dedos pero voy a dar mi opinión.

El radiador si nos encontramos ante una calefacción central, es CONTINENTE y además pertenece a la comunidad. La explicación viene en que yo no puedo modificar los radiadores sin solicitar permiso a la comunidad. Por lo pronto debo cortar el agua caliente a todos los vecinos.

Dicho lo anterior, lo que vienen a decir muchisimas cias de seguros es que se hacen cargo hasta el entronque al radiador (tubería), por lo que excluyen el propio aparato (radiador).

Mi opinión, ya expuesta antes, es que si yo no tengo disponibilidad sobre el corte de suministro al propio aparato, ese elemento no es mio.

Por lo tanto siempre es continente y respecto a su rotura deberemos estudiar detenidamente lo que dice el condicionado general del seguro de la comunidad.

La caldera mural, si bien es Continente (a mi criterio), sin embargo no es responsabilidad de la Comunidad. Pues por lo mismo qe he dicho antes pero al contrario, en este caso si tengo disponibilidad sobre ella. Es de uso exclusivo mio.

#11

Re: Caldera Mural y Radiadores

Si yo realizase en mi piso unas mejoras del inmueble muy importantes, podría estar creando un infraseguro en el seguro de la comunidad, pero en ningún caso estarían excluidas estas mejoras de la póliza de la comunidad.
La póliza de la comunidad cubre el CONTINENTE y da igual que este sea de la obra o sea incorporado más tarde, que corresponda a la parte comunitaria o a la parte interior de uso particular. ES CONTINENTE Y TIENE COBERTURA.
Debemos que tener cuidado con la definición de CONTINENTE porque aunque en casi todas las compañías es lo mismo, puede haber variaciones de unas a otras, por lo que algo como la caldera o muebles fijos de cocina se puede considerar en unas compañías continente y en otras contenido.
En el caso concreto de este hilo, donde dice que tiene claro que la caldera y los radiadores son CONTINENTE, se pregunta si pasados unos años cambia estos elementos ¿seguirían siendo continente?.
Mi respuesta es que SI, sigue siendo CONTINENTE, al igual que si cambias un baño, unas puertas, etc. etc.

#12

Re: Caldera Mural y Radiadores

Y teniendo claro que siempre debe considerarse CONTINENTE, lo que si hay que mirar es si entra o no dentro de las coberturas de la póliza en lo relativo a daños agua.

Para INCENDIO SI y siempre SI como CONTINENTE.
Para el resto de coberturas hay que ver cada una de las pólizas.

Porque por ejemplo los muebles de cocina siempre se han considerado CONTENIDO y sin embargo en la actualidad, desde que se dan lospisos con muebles incorporados, algunas cias lo están considerando CONTINENTE.

Para eso está los mediadores, para ver todas esas pequeñas cosas, que despues viene el cabrón del Perito y dice lo contrario a lo que se creía.

#13

Re: Caldera Mural y Radiadores

Hola a todos y gracias de antemano. La conclusón que voy sacando de todas las respuestas es la de que no podemos decir con claridad meridiana, caso de siniestro (por ejemplo por subida de tensión de electricidad)...si se estopea la caldera (de uso exclusivo en mi vivienda) a cual de las dos compañías, en el caso que tenga dos, debería reclamar y me temo que según sean los condicionados de las pólizas me podría encontrar con no cobrar ni de una ni de otra...¿lo veis como yo?...Igualmente podría decir lo contario que según sean los condicionados, podría llegar a presentar y cobrar (indebidamente evidentemente, es pura teoría) de las dos...

#14

Re: Caldera Mural y Radiadores

Cobrar de las dos sería dificil, si lo comunicas a las dos y no cometes ocultación alguna de tus datos.

Pero efectivamente, se puede dar el caso y a mi se me ha dado que para una Cia. los muebles de cocina eran Continente y para la otra eran Contenido. Y no me pregunteis que no recuerdo bien el caso, pero si se me dió, o así o con un infraseguro bestial, algo parecedio. Tendiendo dos póliza mas o menos bien hechas.

Como la poliza en un caso no tenía Contenido y en la otra no tenía Continente, pues el pobre hombre se quedó sin cobrar. (O ALGO PARECIDO)

Para el caso que expones, para mi es un siniestro de póliza de hogar, dudando mucho que la póliza de Comunidad se hiciese cargo de la indemnización que procediese,(subida de tensión que afecta a caldera).

Tambien te indico que si la subida de tensión solo te ha afectado a ti, dificilmente podrás demostrar esa subida de tensión.

#15

Re: Caldera Mural y Radiadores

Como dice Acrasol en hay que separar la definición de CONTINENTE, con la cobertura de cada garantía.
De nada sirve la Caldera sea continente o contenido si la cobertura de daños eléctricos de la póliza que nos afecte (comunidad u hogar), la excluye.
En muchas GARANTÍAS de comunidades existe una EXCLUSIÓN que dice algo parecido a ... "elementos o puertas interiores de viviendas" ..

#16

Re: Caldera Mural y Radiadores

Hola y gracias. De todas maneras quiero aclarar unos puntos. No he tenido ningún siniestro con la caldera ni se me ocurriría reclamar a dos compañías. Se trata sólamente de un hilo que he abierto dado que se trata de algo muy frecuente y si se diera el caso no sabría como actuar. De todas maneras me sigue quedando la duda la verdad y por lo que veo..."habría que vivir el caso" para saber qué ocurre, lo que por otro lado es algo sorprendente dado que hoy día todos tenemos o caldera o termo, ya sea de butano o eléctrico y se trata de algo que debería estar más claro.