Acceder

Rappel

10 respuestas
Rappel
Rappel
Página
1 / 2
#1

Rappel

Me han propuesto trabajar como agente de seguros exlusivo y mi duda surge al leer el contrato y comprobar que no figura nada de las retribuciones complementarias (más conocido como rappel). Lo he comentado con el supervisor dado que en la propuesta me hablo de estas comisiones si llegaba a unos mínimos que más o menos me concretó. Mis preguntas son ¿Es normal que no te digan los mínimos que tienes que alcanzar para cobrar el rappel? ¿Deberían figurar estas retribuciones complementarias (rappel) en el contrato junto con la producción exigida?. Gracias.

RAPPEL
Cantidades calculadas sobre unas cifras estipuladas previamente de producción o cartera y que se entregan por las entidades aseguradoras a aquellas personas encargadas de su producción. Esta forma de retribución tiene carácter complementario respecto del sueldo.

#2

Re: Rappel

Hola misdudas! Yo creo que esos datos deberían de figurar en el contrato, el mínimo y lo que te abonarían en cada momento. Ahora bien, puede que no aparezca en el contrato y sea de boquilla..no se yo si me fiaria..

#3

Re: Rappel

Me da a mi que has oido campanas, pimiento. Una cosa es el contrato y otra que pueda haber anexos -ya que las condiciones pueden ser variables- en los que se detalle la retribucion. Eso es lo que tiene que verificar, de boquilla no se suele hacer nada. Saludos,

#4

Re: Rappel

Exacto delabotaempinar.

#5

Re: Rappel

En primer lugar daros las gracias por responder y entiendo por vuestras respuestas que en todo caso deberían figurar por escrito (aunque no sea en el contrato en una anexo) estas retribuciones complementarias. No obstante, en el contrato que me han dado para que lo lea no figuran las mismas ni tampoco en una anexo, me las han planteado de boquilla como dice pimiento feliz, entonces me aconsejaís que ¿las solicite por escrito antes de firmar el contrato? o por vuestra experiencia ¿lo que se hace es que si llegas a los mínimos que ten han comentado se firma posteriormente un anexo?. Gracias.

#6

Re: Rappel

Yo las solicitaría por escrito, y si no te las quieren dar pensaría mal...Saludos misdudas!

#7

Re: Rappel

A ver, al ser agente exclusivo, los rappel son legales (otra cosa es si fueses corredor). Respecto al hecho o no de su inclusión en el contrato.... suele ser una decisión de cada compañía lo que ocurre es que generalmente, en especial en aquellas compañías con un elevado número de mediadores, no se suelen incluir en el contrato puesto que se trata de un concepto o cantidad más variable y de estar recogido en el contrato implicaría que cada vez que se modificase habría que emitir un contrato nuevo.

#8

Re: Rappel

Nosotros no los tenemos en el contrato, pero si por campañas, producción o lo que sea llegas a los mínimos se abonan en la liquidación correspondiente y punto, aunque claro se vive de la cartera y de la nueva producción, no de los rápeles, aunque a nadie le amarga un dulce de vez en cuando.

Saludos