Cuidado con la LOPD.
http://www.capitalmadrid.info/2009/6/2/0000010989/proteccion_de_datos_sanciona_a_reale_por_asegurar_un_jaguar_sin_contar_con_su_propietario.html
La póliza la contrató su ex esposa y no se comprobó que no era la dueña del vehículo
M. Á. Valero.– Curioso caso éste. G. G. G. acude a la Agencia Española de Protección de Datos porque Reale Seguros Generales "ha asegurado un coche de su propiedad sin su conocimiento, utilizando para ello sus datos de carácter personal". En su denuncia, señala que no ha realizado "ninguna solicitud para la formalización del contrato" y que no ha facilitado ninguno de sus datos" a la aseguradora. Además, el vehículo estaba asegurado en AXA. Al requerir información a Reale, pudo comprobar que existe una póliza a su nombre en la que aparece "como propietario y conductor del vehículo asegurado, además se hacen constar datos personales que ni yo he facilitado ni he consentido, como mi NIF, mi fecha de nacimiento y la fecha de mi carnet de conducir, desconociendo quién es el titular de la cuenta de La Caixa que aparece señalada como domicilio de pago".
La investigación de Protección de Datos permite resolver que el denunciante figura en el fichero de clientes como tomador, conductor habitual y propietario del vehículo asegurado, un Jaguar X Tyoe 2.0 D Executive. Y que la póliza está al corriente de pago. La sorpresa llega cuando se descubre que el seguro lo paga a través de una cuenta de La Caixa S. S. S, que es quien firma la póliza, no el denunciante.
La firmante de la póliza manifestó a Reale ser la esposa del denunciante, ocultando que estaban separados. La aseguradora explica que "la toma de datos fue verbal, sin que se haya aportado hasta la fecha documentación alguna relativa al vehículo asegurado o al tomador, el denunciante, a pesar de que le ha sido requerida en numerosas ocasiones" y que "para que la póliza tuviese efecto inmediato, se procedió a dar de alta en el sistema de información de Reale los datos aportados por S.S.S., quedando pendiente aportar la documentación relativa al vehículo y al tomador del seguro". Posteriormente a la contratación, S.S.S. aportó copia de su permiso de conducción y DNI, así como un certificado emitido por La Caixa sobre la titularidad de la cuenta en la que se domiciliaban los pagos. A requerimiento de la Policía Judicial, la señora explica que aportó "los datos para proceder a realizar el seguro", pero "ningún documento que indicara que el vehículo fuera de ella".
Protección de Datos concluye que Reale no tenía autorización del denunciante para el tratamiento de sus datos. Alega la aseguradora en su defensa, que S.S.S. manifestó ante el mediador de la póliza que era la esposa de G.G.G. y que por eso tenía sus datos, "infiriendo aquel de tales manifestaciones el consentimiento del denunciante para la contratación de la póliza en virtud de un mandato verbal". Pero la separación del denunciante y de su esposa demuestra la inexistencia de tal mandato, según Protección de Datos.
Por tanto, se sanciona con una multa de 12.000 euros a Reale por una infracción "grave" del artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.