Re: Seguros de viaje de tarjetas de crédito
Estimada migata,
Ante todo lamento lo de su padre.
Por cuanto a la petición de copia de los contratos de tarjetas: cada cual incorpora distintas coberturas así que hasta leer con detalle el condicionado de la cobertura de accidentes no debo pronunciarme. Cuando lo tenga ... si quiere me remite un mensaje privado y lo hablamos.
Lo que sí recomiendo es que ¡se dé prisa! En el seguro hay una cosa llamada PRESCRIPCIÓN que es el plazo en que uno deja de tener derecho a reclamar la cobertura del seguro. En los seguros de personas el derecho a la prestación prescribe (termina) a los cinco años.
Así las cosas dependiendo de la fecha de fallecimiento de su padre podemos estar ante una prescripción como un pino cuyo riesgo debería haber sido advertido por el personal del Operador de Bancaseguros (agente de la compañía) pero es probable que estos no sepan ni lo que es una prescripción o cual es el plazo. Lo contrario, ganar tiempo para que prescriba sería tener bastante mala milk.
Por tanto recomiendo que si no lo ha hecho ya presente un escrito reclamando toda indemnización procedente de cualquier seguro de accidentes asociado a cualquier producto suscrito con el banco indicando expresamente que con este escrito interrumpe la prescripción legal. Luego ya habrá tiempo de ver si toca o no cobrar.
Si ya hubiera presentado antes un escrito de reclamación mejor. Como no informa la fecha eso es muy importante valorarlo. Si ya hace más de cinco años desde el fallecimiento y no hubo ninguna reclamación por escrito puede olvidarse.
Saludos.