Re: ¿En que ley o norma consta que debes estar con el vehiculo asegurado si lo guardas en garaje sin usar?
Que tio tan simpático eres.... ¡¡dan unas ganas de ayudarte!!
Que tio tan simpático eres.... ¡¡dan unas ganas de ayudarte!!
Bueno, seamos prudentes con algunas cosas.... no todo lo que tiene su origen en el coche puede estar cubierto por el seguro obligatorio. Este seguro solo cubre hechos de la circulación y la ley define qué es y qué no es un hecho de la circulación. De hecho con respecto a incendios de coches que llevan tiempo parados existen sentencias varias y por eso algunas compañías han incluido prestaciones del tipo de incendio en el garaje estando el vehículo estacionado.
no te pregunto si es en propiedad o en alquiler, sino en el garaje solo está tu coche o es un garaje con coches de otras personas. porque para declararlo en el seguro de hogar la cosa cambia
Ciertamente esta cobertura que indicas existe en muchos seguros del hogar como cobertura de "Vehiculos en garaje" e incluso "barcos en dique seco" con coberturas bastante amplias tales como : incendio, explosion, caida de rayo, robo, expoliación e incluso daños por robo.
si,pero es un siniestro que suele complicarse siempre ya que en muchas ocasiones no está claro el origen del incendio en el coche y se suelen pasar la pelota... el seguro del coche no cubre si no es debido a hecho de la circulación y el del hogar si el siniestro es debido a la existencia de un seguro obligatorio que prevea dicha circunstancia....
De acuerdo contigo pero con un matiz legalmente ese "coche" no es un coche al estar dado de baja temporal en el registro correspondiente por lo que els eguro obligatorio ya no lo es.
Discutible tu enfoque. Legalmente sigue siendo un coche. El hecho de la baja lo que hace es que no esté autorizado a circular y que, en consecuencia, al no poder causar daños por hechos de la circulación no tenga la necesidad de tener un seguro que cubre precisamente eso.
En cuanto a lo del seguro de hogar, aunque tengas la baja, habrá problemas sí o sí si el incendio tiene su origen en el coche y en su instalación electrica.
Y para casos parecidos al citado (el vehículo va a estar prácticamente sin uso), ¿hay alguna forma de poder contratar el seguro estrictamente obligatorio para pagar poco? Porque buscas un "terceros pelao" y siempre trae más coberturas de las que obliga la ley.
Un saludo.
Claro que se puede contratar un seguro obligatorio. Pero para eso hay que acudir a un profesional, no a una web. Saludos,
Yo ante la duda o el peligro de que no te cubran me haria el seguro si o si.
el español es la única especie del mundo capaz de pagar un duro para ahorrarse cuatro pesetas.
paissss
Te comentaré un caso igual,pero con una moto de 49cc en la acera.........sin moverse,aparcada.Pues una mañana un individuo iba con su moto a más velocidad de lo normal,cuando de momento tuvo que girar y la mala suerte de estar ahí la moto a la que hago referencia.El personaje de la moto cayó al suelo se lijó la pierna izquierda y tuvo que ausentarse de su trabajo durante unas semanas.Pues para resumirte,llamo a la policía y resultó ser un amigo mío de toda la vida,el cual me dijo,vamos a llegar a un acuerdo con el que es lo mejor.Pues te hablo del año 85-90 aprox.eso me costó todas las semanas casi 20.000 ptas. durante 3 semanas que no pudo incorporarse a trabajar,según el.No te digo si hubiese pasado algo más gordo.
Con ello te digo que ya entonces tenía que existir alguna norma para que mi amigo me dijese que pagase y no moviese más el tema.
Un saludo.
Tu amigo era el mejor amigo del conductor de la moto.
A ti lo maximo que te podría haber ocurrido hubiera sido una multa por no dispner de seguro, pero nada mas. Total unas 1000 pesetas de la época.
Tu amigo y su amigo, se emborracharon a tu costa.
Eloyserrano.
como se comenta en el foro, existe el reglamento que indica que todo propietario de vehiculo a motor.......................................obligación de disponer de seguro obligatorio.
también es cierto que el seguro obligatorio en cuestión solo ofrece cobertura a hechos de la circulación
por ese motivo, si tienes un vehiculo a motor que no circula, imposible será que exista un hecho de la circulación, y por eso, entiende esta que seria objeto de un seguro nulo, es decir un seguro de un riesgo que no existe.
como casi siempre, la jurisprudencia, el alma mater del derecho, acaba dando la razón en esto casos
conclusión: si tu vehiculo no circula, esta en un garaje, a mi entender, no es necesario disponer de un seguro para la circulación, otra historia será que tu quieras o no proteger el vehiculo, otras responsabilidades, etc,, lo que te recomiendo, pero desde luego no es obligatorio.
por cierto, amigos foreros, también recomendaría hacer seguros de vida, accidentes, hogar, enfermedad, it, ahorro, etc para proteger a las personas y los bienes, peo hasta donde esta sabe, NO SON OBLIGATORIOS, que creo es el objeto de este post.
Feliz Navidad
Todo eso tan bonito se lo cuentas a Su Señoría si un día se da el caso, estará encantad@ de darte la razón y solicitar unificación de doctrina. El dueño del coche también estará encantado, si consigue un obligatorio pelado, de que nadie reclame sus derechos si le pegan un golpe al coche o si, aunque no tenga razón el contrario, le reclamen por cualquier razón; los abogados, los procuradores y las tasas son muy baratos comparados con la prima de un seguro.