PIAS y renta vitalicia
Hola,
Tengo un 22 años y un PIAS contratado en el que ingreso unos 170€ trimestralmente, (se revaloriza un 5% anual la cuota) la poliza esta hecha para rescatarla cuando cumpla 40 años (la idea es tener ese colchón para ayudar con la hipoteca si sigo con ella a cuestas) recientemente he leido que cambian la fiscalidad y que si se cobra de forma vitalicia no se tributa por las ganancias percibidas.
Ahora bien, me han contado la historia del tipico amigo de tu hermana que tiene un cuñado que tenia un PIAS, decidió cobrarlo de forma vitalicia el pobre hombre resulta que falleció y la familia se quedó sin un duro por tener la renta vitalicia.
La pregunta es, Si es cierto que si se opta por la modalidad de renta vitalicia y al inicio o la mitad de la prestación ocurriese la desgracia de fallecer, ¿se queda el importe por abonar la aseguradora? ¿los herederos designados en la poliza tienen derecho a algo?
Por otro lado, otra preguntilla, me hice un PPA, para desgravarme (con mi edad y obligado a declarar por superar el limite = muerte cuando vas a hacienda) porque dada la coyuntura actual no quería un plan de pensiones por aquello de no tener valores garantizados (soy de perfíl mas bien conservador) si de aquí a unos años la coyuntura economica mejora, ¿se puede migrar el PPA a un PP?