Re: Rechazo Cia. Seguros Hogar por mantenimiento instalaciones
De acuerdo con el hilo de mensajes llego a las siguientes conclusiones:
1.- el albañil repara cubierta pero no conducción alguna. Por tanto no estamos ante daños por agua sino ante filtraciones. Dependiendo del asegurador habrá o no cobertura.
2.- el albañil no es Cervantes. En su factura no explica ni el orígen de los daños ni el objetivo de la reparación. Sería recomendable recabar un informe de su puño y letra.
3.- resulta obvio que otros vecinos han intervenido en el pago. Por tanto bien el Presidente de la Comunidad, bien el Administrador serán capaces de emitir un certificado dando fe de que existió la "avería", de que se dieron daños y de que procedió reparar conforme a lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal y en el 1.907 del Código Civil.
4.- Si ya has presentado reclamación ante la DGSyFP está claro que se ha hecho mal o que esta ha considerado que es infundada. Te queda la vía judicial.
5.- no puedes nombrar un perito de parte porque tenías solo 8 días improrrogables para hacerlo desde el momento en que el asegurador nombró el suyo (es Ley); solo te queda la designación de perito judicial como elemento de contraste.
6.- tu compañía ni otra deben darte la pericial puesto que están en su derecho de no hacerlo: la Constitución ampara ese derecho a reservar los medios de prueba para ejercer el derecho a la propia Defensa (en este asunto tu eres un "enemigo" de tu asegurador ¿capici?).
7.- todo esto te pasa por no tener un mediador profesional a tu lado. Si quieres un buen consejo y veo que no soy el único que te lo da, déjate de aficionados o de sacamantecas (comisionistas puros y duros) y ponte en manos de alguien que sepa dirigir un siniestro desde la A hasta la Z. Un mediador profesional no solo te vende un seguro y no solo debe mirar el mejor precio: el asesoramiento inteligente va más allá de esos planteamientos.
Un abrazo,