Hola,
Pone un apartado de incapacidad temporal:
Se considera incapacidad temporal del asegurado, vigente la cobertura, cuando éste no se encuentre en condiciones como consecuencia de enfermedad o daños físicos, de continuar totalmente con su trabajo o profesión habitual u otra actividad remunerada anteriores a la causa de incapacidad, que por su formación y experiencia profesional podría ejercer y que corresponde a su nivel de vida anterior.
No se si será enfermedad o daños fisicos, pero sinceramente soy administrativa tengo 52 años y ni siquiera me dan oportunidad de hacer entrevistas por mi edad, y ni por asomo me acerco al nivel de vida anterior.
LLevo pagando el seguro casi 6 años, y me queda año y medio para terminar de pagar el coche. Creo que no voy a poder hacer nada.
Muchas gracias Alberdiez