Seguro valor real y valor a nuevo
Si no se dice nada en condiciones generales ni particulares de una poliza de
comercio en cuanto al valor de indemnizacion de los bienes destruidos o roba-
dos ¿como ha de pagar la cia a valor a nuevo o de reposicion aplicando la co-
rrespondiete depreciacion? en que se basan las cias para aplicar infraseguro
en el valor del contenido? por ultimo las cantidades aseguradas a 1º riesgo,
si no se puede demostrar su preexistencia,ejm:3000€ en caja fuerte ¿puede la
cia negarse al pago basandose en la obligacion de los negocios de llevar li-
bros contables ?ruego contestacion lo antes posible a carlos lluch,en la 50/80
de contratos de seguro no he encontrado respuesta, solo a la ultima que me re-
sulta favorable pero que la cia me la niega. muchas gracias por su tiempo