Te comento lo que hice yo en un caso parecido. Mi madre quería dar de baja un seguro de vida que tenía con un banco (tuvo que "tragar" el primer año para que el banco le concediera una hipoteca a mi hermana al ir de avalista). Lo más fácil habría sido pasarse por la oficina bancaria, pero no tenía muchas ganas de ver a los del banco.
Como hay que avisar con al menos un mes de antelación, cuando faltaba mes y medio, desde el perfil de Facebook de mi madre y por mensaje privado, envié solicitud de no renovación con los datos habituales (nombre del tomador, DNI, nº de póliza...) y adjunté imagen escaneada con escrito firmado y fotocopia del DNI. Como en Redes Sociales, aunque no solucionen nada, suelen tener un trato bastante correcto, me contestaron que pasaban nota al departamento correspondiente.
A los pocos días nos llamaron de la central del banco diciendo que teníamos que ir a firmar la baja a la oficina. Yo les dije que, según el art. 22 de la Ley de Contrato de Seguro, el único requisito para cursar la baja es que el tomador se oponga por escrito a la renovación con al menos un mes de antelación, y ya se había hecho a través de la página oficial que la entidad tiene en Facebook para atención al público, y me habían contestado "que pasaban nota" por lo que había constancia de la recepción. Al final, sin mucho entusiasmo, dijo que no creía que hubiese problemas y que se tramitaría la baja...
Es únicamente una experiencia a título particular que nos salió bien, pero no sé si, llegado el caso, un juez lo consideraría válido o diría que si no hay burofax, no hay comunicación fehaciente.
Un saludo.