Seguro de vida e invalidez
Hola. Quiero haceros unas preguntas, a ver si vosotros que estais mas puestos, me podeis ayudar. Yo trabaje en el sector seguros, pero hace ya muchos años. Si no tengo entendio mal, cuando uno tiene un siniestro, lo comunica a la compañia, y a partir de ahi empiezan los tramites y la solicitud de documentacion, para que ella sea la que te diga si lo acepta o no.¿Es como yo os digo? Yo creo que si, entonces no entiendo cuando la compañia en contestacion a la demanda que hemos presentado, nos contesta que mi marido en el momento de siniestro adquirio el derecho a recibir la indemnizacion. Estoy un poco perpleja.
Otra, cuando tu te haces un seguro de vida e invalidez, y te preguntan por el beneficiario, tu pones a la persona que quieres designar, sin caer en la opcion, de beneficiario en la cobertura de invalidez, o en el fallecimiento. Tu pones un beneficiario, pensando que ese sera quien reciba la cantidad de la indemnizacion en cualquiera de los supuestos.Bueno, pues tampoco es asi.
Voy a pasaros a contar el caso, para que veais a que viene todas mis anteriores preguntas. Mi marido era titular de una poliza de vida e invalidez(hablo en pasado porque fallecio). En Noviembre el INSS le concede la invalidez total absoluta, revisable a los dos años. Lo de los dos años en el papel que nos facilitan a nosotros no consta, pero si en los sucesivos que luego tengo que solicitar. Hablo con mi agente de seguros y se lo comento, me dice que lo tenemos complicado, pero que podemos intentarlo y presentar la documentacion para ver si nos la paga la compañia. Presentamos el certificado de invalidez emitido por el INSS, ademas de varia documentacion que nos van solicitando. Tengo la mala fortuna, que a finales de diciembre, mi marido fallece, sin que la compañia se hubiera pronunciado todavia sobre el siniestro de invalidez. Le comunicamos el fallecimiento. Las proximas noticias que tenemos suyas, son en enero, con un correo electronico a mi agente, en el cual le comunican que el siniestro se va a seguir tramitando por invalidez, cosa que no entiendo pues el asegurado y al que en todo caso tenian que declarar invalido no esta, ha fallecido,entonces ¿a quien van a declarar invalido?, sigue escribiendo y pone que el siniestro es duduso, que son 150.000 euros y encima va y se muere. Mira, si en ese momento tengo delante de mi a quien lo escribio, la cojo del cuello y no la suelto hasta que deje de respirar. Que piensa, ¿que la gente se muere por que le da la gana?
Bueno, han seguido pidiendo documentacion hasta el mes de marzo, cuatro meses despues de haber fallecido, y yo, ya harta de todos los papeleos se lo paso a una amiga mia que es abogada y la que toma ya las iniciativas. Les enviamos en primer lugar un burofax para que no le liquidaran la indemnizacion a nadie, puesto que ibamos a presentar demanda. Se presento escrito en el departamento del defensor del asegurado, y nada, la contestacion fue la misma. Mi marido tiene una hija, que ha ido a reclamar el pago de dicho seguro, hija que paso olimpicamente de su padre durante los ocho meses que duro la enfermedad, que convivio en mi casa durante dos o tres años, y que desde que falto mi marido si te he visto no me acuerdo.
La compañia como os he preguntado al principio, en la contestacion a la demanda que presentamos, nos comunican que mi marido, en el momento de presentar el siniestro ya adquiere unos derechos, y yo me rio, porque justamente he tramitado algun que otro siniestro, y hasta que la compañia no lo tiene clarisimo y aceptado, tu no tiene derecho a nada.
Si tantos derechos tenia, porque en el plazo de 40 dias como estipula la ley, no nos adelantaron ningun tipo de ayuda?
En un foro que encontre por internet. musicagoralegal, o algo asi, encuentro a un abogado que ha tenido un caso exactamente igual, que tanto alarga la compañia el siniestro de invalidez solicitando informacion medica, que el asegurado fallece. El gana el juicio, lo unico que no ha colgado la sentencia en el foro, por lo que no tengo ninguna docuemntacion, El se acoge al articulo 88 de la del seguro en la que dice que el beneficiario es el unico que conste en poliza, ante herederos y demas. La unica beneficiaria con nombre y apellidos en la poliza soy yo, aparte de ser su conyuge, Si la compañia lo hubiera aceptado antes de fallecer se que me tendria que callar, aunque no se hasta que punto, pero no estando aceptado por la compañia, estoy buscando y rebuscando a ver si encuentro algo, alguna sentencia que me pueda abrir un poco el camino. Espero que no os aburrais con este testamento, pero aparte de que para la gente a la hora de hacer las polizas lo tenga en cuenta, a ver si alguno de vosotros me podeis echar un cable y darme alguna salida. Un saludo.