PROPIETARIO. Receta de seguros para cubrir una vivienda que se va a poner en alquiler.
Hola, me gustaría tener vuestra opinión para diseñar, entre todos, una estructura de seguros y herramientas lo más robusta posible para las personas que vayan a poner su vivienda en alquiler.
Como propietario me preocupa el impago de alquileres, desahucio y los daños materiales que el inquilino pueda provocar en la vivienda. Por tanto a mí se me ocurre:
IMPAGOS Y DESAHUCIO
Entiendo que un seguro de asistencia jurídica con cobertura temporal de impago de rentas y ejecución de desahucio (ARAG, DAS, Mutua de Propietarios, CASER... o cualquier otro). Además tienen coberturas de daños materiales dolosos EN CASO DE QUE SE PRODUZCA EL SINIESTRO (Es decir que haya impagos; si el inquilino paga las rentas, se acaba el contrato y te ha roto continente o contenido de la casa entiendo que estos seguros no se meten, por lo que habría que tirar de fianzas, garantías adicionales o demanda judicial).
ASISTENCIA JURÍDICA COMO PROPIETARIO
Veo que lo seguros anteriores ofrecen asistencia jurídica para protegerme de cualquier discusión sobre el contrato, fianzas, quién tiene que hacerse cargo de qué en el día a día, daños provocados en la vivienda (¿ también si una vez se ha ido el inquilino y con la fianza no llega a cubrir los daños?) o problemas generados entre propietario, inquilino y vecinos. Es decir, te ofrecen un abogado para que pelee por ti.
DAÑOS MATERIALES Y RESPONSABILIDAD CIVIL
Aquí entiendo que el propietario ha de tener un seguro de hogar que cubra el continente, el contenido que pueda dejar en la vivienda que use el inquilino (muebles fijos de cocina, aparatos de aire acondicionado y en el caso de que se dejen muebles) y cubra su responsabilidad civil.
Podría poner en el contrato la obligación (¿recomendación?) de que el inquilino se haga un seguro que cubra su contenido y su responsabilidad civil. Por lo que he leído si el inquilino provoca un siniestro cubierto por mi seguro de propietario, mi seguro lo cubriría si el inquilino no tiene seguro y a continuación iría contra él. También he leído que si la vivienda la voy a poner en alquiler he de comunicarlo a mi seguro para que modifiquen este aspecto si es posible. Si el inquilino tiene un seguro, entonces su seguro o mediante acuerdo entre nuestros seguros que lo solucionen. No quiero discusiones.
UN BUEN CONTRATO DE ALQUILER
Un contrato de alquiler con sentido común y justo para las partes donde se cubran cualquier problema. (los suministros a nombre del inquilino, evitar subarriendos, mascotas si el propietario no lo desea...). En los seguros de asistencia jurídica piden para dar cobertura nóminas del inquilino (te hacen un estudio de viabilidad) y también el contrato ¿eso implica que si aseguran la obligación defenderán mis intereses en base al contrato mandado?
SUERTE
Siempre hay que esperar lo mejor pero prepararse para lo peor
Gracias por vuestras aportaciones porque creo que puede ser interesante no sólo para mí sino para las personas que tengan pisos en alquiler o quieran ponerlos. Sé que son muchas dudas y es un mensaje muy abierto pero pienso que con todos los expertos del canal si hay participación podemos generar una estructura de herramientas y seguros lo más robusta posible para un propietario así como aprender todos sobre seguros y descubrir o aclarar dudas
Un saludo