Debes revisar primero si elocal pertenece a la edificación, edificio. si
no pertenece el propietario no ha de pagar. Si pertenece deberá pagar según los estatutos de la comunidad, probablemente SI. No se puede obligar al pago de un fraccción a alguien que No pertenece al edificio escriturado, doy fe. Eso a la compañía no le interesa como pague cada propietario.
Y en cualquier caso es el propietario del LOcal el que ha de pagar y no el inquilino (propietario del comercio) .
En todo caso puede hacer como cualquier otro propietario de una vivienda, eliminar el contenido de su póliza privada o ajustarle el continente con cobertura de obras de reforma o también seguir pagando para no depender de la póliza de la comunidad en el caso de que exista un impago y se quede sin cobertura en el continete.