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Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida

9 respuestas
Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida
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Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida
#1

Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida

Buenos días!

 

Por fallecimiento de un abuelo soy beneficiario de un unit linked, sé que el mismo debe tributar por ISD, pero también soy beneficiario (por fallecimiento de mi madre) de la herencia que el mismo deja, la cual tenía pensado rechazar, y mis dudas son las siguientes:

 

- Puedo cobrar el seguro de vida y rechazar la herencia? Si el importe del seguro de vida no formaba parte de la masa patrimonial del fallecido, quiero entender que sí.

- En ese caso, basta con que en mi gestoria me calculen el ISD (Modelo 650) y con esa carta de pago ir al banco? Posteriormente y mediante notario rechazaría la herencia, pero hay 6 meses y varios herederos de por medio y querría gestionar el seguro de vida antes.

 

Un saludo y muchas gracias!

#2

Re: Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida

Yo creo que te falta un bien asesor, ya sea GESTOR ADMINISTRATIVO o un buen ABOGADO.

Primero informate bien, luego con la información puedes actuar. también dices que hay varios herederos, no creo que te dejen actuar por tu cuenta, sin contar con ellos.

Veo que te falta mucha información sobre las HERENCIAS Y SEGUROS DE VIDA. 

#3

Re: Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida

Si tienes claro que quieres renunciar a la herencia y en el seguro de vida constas expresamente como beneficiario, no con designación genérica a los herederos sino con tu nombre y apellidos y/o dni, puedes hacer la liquidación del ISD y cobrar sin mayor problema. Si es una designación genérica renuncias también al seguro de vida al ser parte de la masa hereditaria.

#5

Re: Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida

Me corrijo un poco, no hace falta que sea con tu nombre y/o dni, bastaría con que se identificase claramente con una designación de beneficiarios del tipo 'a mis nietos', pero en ningún caso una genérica de 'herederos legales'.

 

#6

Re: Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida

El seguro de vida forma parte de la masa hereditaria cuando no se designan herederos explícitamente no Paro les?

#7

Re: Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida

Así es.

 

#8

Re: Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida

Aparezco como beneficiario expreso. Sobre que necesito un gestor, en mi gestoria (la de las cosas de toda la vida, no parece que hayan hecho un caso así antes) me han sacado el impreso para pagar los impuestos. El caso era saber si simplemente pago el ISD y a correr o hacienda necesita algo más de mi en este caso. No quiero sorpresas posteriores, Por ejemplo en caso de la donación te bonifica sólo en caso que hagas escritura pública, en este caso los documentos que podría aportar son todos privados (el contrato de seguro de vida) entiendo que no necesito documento público en este caso ni nada parecido.

Edit: Gracias por las aclaraciones!

Un saludo!

#9

Re: Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida

Son ellos quien deben confirmarte estas cosas, mas que nada porque cada Comunidad tiene sus propias normas. No obstante la exigencia de documento público entiendo que va mas bien dirigida a los casos de herencia propiamente dicha en que se bonifica mucho la transmisión de vivienda o negocio, y en el caso de seguros de vida solo cuando previamente se hubiesen nombrado beneficiarios irrevocables para disminuir el pago del Impuesto sobre el Patrimonio.

En un caso habitual de adquisición del capital por seguro de vida la compañía te facilita certificado del capital a cobrar y tu practicas autoliquidación parcial del ISD conforme a tu grado de parentesco, no hay nada que inscribir ni pública ni privadamente.

#10

Re: Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida

Pues me has solucionado muchas dudas, te lo agradezco de verdad.

#11

Re: Unit Linked y rechazar herencia (Dudas!) - seguros de vida

Normalmente la Hacienda de la Comunidad Autónoma competente tiene un impreso ad hoc para liquidar el ISD del seguro de vida. Sólo tienes que acompañar el certificado de defunción y el documento del seguro de vida. Liquidado el impuesto, puedes cobrar de la aseguradora sin más trámite que acreditar dicha liquidación del Impuesto.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.