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Seguro de vida a no residente.
Una persona española tiene un seguro de vida vigente, pero por razones laborales, se traslada a otro estado de la Unión Europea, se inscribe como residente en la embajada española, seguidamente suscribe un contrato laboral con una empresa del nuevo estado, y figura ya como contribuyente en el mismo.
Tiene nacionalidad española, pero su situación actual es de no residente. Cuando lleve 5 años residiendo en aquel estado, solicitará la doble nacionalidad, otra cosa es que se la concedan, que eso no es automatico.
Bien ... ¿cómo queda la situación del seguro de vida contratado con anterioridad?
Por cierto, si comunicó tal extremo a la aseguradora, mediante los certificados de inscripción consular y de situación tributaria emitido por la autoridad fiscal del actual estado de residencia, que debe obtener anualmente para bancos españoles a los efectos de blanqueo de capitales ... los mismos documentos remitió a la aseguradora.
No sé si es relevante a efectos aseguradores, el estado de residencia tiene convenio de doble imposición fiscal con España. Supongo que lo tenemos con nuestros 27 socios comunitarios sin excepción.
Tiene nacionalidad española, pero su situación actual es de no residente. Cuando lleve 5 años residiendo en aquel estado, solicitará la doble nacionalidad, otra cosa es que se la concedan, que eso no es automatico.
Bien ... ¿cómo queda la situación del seguro de vida contratado con anterioridad?
Por cierto, si comunicó tal extremo a la aseguradora, mediante los certificados de inscripción consular y de situación tributaria emitido por la autoridad fiscal del actual estado de residencia, que debe obtener anualmente para bancos españoles a los efectos de blanqueo de capitales ... los mismos documentos remitió a la aseguradora.
No sé si es relevante a efectos aseguradores, el estado de residencia tiene convenio de doble imposición fiscal con España. Supongo que lo tenemos con nuestros 27 socios comunitarios sin excepción.