Tuejar,
Es necesario ver documentación para aclarar.
Hay mucha confusión y mezcla de conceptos que es conveniente tener claro.
Por una parte está la discapacidad que es un reconocimiento administrativo (que depende de cada CC.AA.).
Por otra parte están los diferentes grados de incapacidad que reconoce la Seguridad Social y que afecta a la posibilidad de ejercitar unos trabajos u otros.
El tener una discapacidad reconocida administrativamente no conlleva el acceso a las incapacidades que reconoce la Seguridad Social. De hecho, ahí están los contratos con bonificaciones para contratar a personas con discapacidad superior al 33% o la posibilidad de trabajar por cuenta propia.
Y se entremezcla mucho porque lo que sí es cierto es que con una discapacidad superior al 65% se puede acceder a una pensión no contributiva por invalidez de la Seguridad Social. Además, un mismo hecho (ejemplo, accidente laboral) puede ser origen de una declaración de discapacidad y del acceso a una incapacidad laboral (que si dejamos las temporales, pueden ser totales, absolutas o de gran invalidez)...
A todo lo anterior, se suma el hecho de que, por la poca información que encuentro bicheando por Google respecto a los seguros de vida de VidaCaixa, comercializados por CaixaBank, entremezclan conceptos.
Vamos, que habría que ver la documentación concreta, porque quizá quién te ha rehusado quizá no sabe ni lo que se cubre ni lo que se deja de cubrir (con independencia de que finalmente, tenga o no razón).
¡Mucho ánimo! y a tu disposición.