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Seguro con hipoteca, valor catastral, valor de tasación.
Buenas a todos, llevo mucho tiempo leyendo el foro pero creo que no había posteado todavía.
El lunes 16 escrituro una vivienda de VPA en Aragón, la cual mediante hipoteca con CaixaBank no me obliga más que a bonificar con nómina con ellos, pero por ley el seguro de daños (o de hogar propiamente) debe sacarse para poder formalizar todo y como beneficiario debe ser la entidad bancaria, hasta aquí creo que lo tengo claro.
Pero hablando ayer con Mapfre, que en principio es con quienes llevaba idea de hacerlo, me surgen dos dudas derivadas de que el Catastro sigue incompleto en esta promoción, solo está cargada la fase I del bloque y no la fase II a la que pertenece mi vivienda, con lo cual no hay referencia catastral válida, o sí, pero a la aseguradora le sale todo en blanco, con lo cual he de darle datos a mano y creo que la he cagado pero tengo dudas, la póliza me sale a 298€, con buenas coberturas, pero lo veo caro para una superficie útil (según tasación) de 108m2 útiles. Como referencia, un piso en la misma promoción, con los mismos metros cuadrados y tan solo 6m2 menos de terraza (lo mío es un bajo), sale con Mapfre a 168€, también con un banco externo (ya sabemos la jugarreta de los seguros con bancos como hacen poner de continente más de lo que vale por catastro, que tengo entendido que es lo que la aseguradora pagaría por reconstrucción si se da el caso).
Entonces mi duda es, y en palabras del notario ayer en la lectura previa: El seguro debe tener de continente Valor de tasación-Valor del suelo, que en mi informe de tasación aparece la fórmula VT-Vs = 100.000€ aproximadamente (supuestamente el valor catastral todavía sería inferior) y ayer formalizando la póliza di 129.000€ de valor de continente que es por lo que están obligando las entidades a hacer sus seguros bonificados con sus hipotecas a los clientes.
Pero lo que tampoco acabo de entender es de si el valor de 100.000€ a mí me resulta válido o debo poner algo más alto porque debe cubrirse el valor hipotecado o importe de dinero prestado por la entidad, es que justo la referencia que di de 168€ es un piso de una persona que ha pedido menos importe prestado, no tengo más referencias por ahora.
Muchas gracias y espero haberme explicado bien.
El lunes 16 escrituro una vivienda de VPA en Aragón, la cual mediante hipoteca con CaixaBank no me obliga más que a bonificar con nómina con ellos, pero por ley el seguro de daños (o de hogar propiamente) debe sacarse para poder formalizar todo y como beneficiario debe ser la entidad bancaria, hasta aquí creo que lo tengo claro.
Pero hablando ayer con Mapfre, que en principio es con quienes llevaba idea de hacerlo, me surgen dos dudas derivadas de que el Catastro sigue incompleto en esta promoción, solo está cargada la fase I del bloque y no la fase II a la que pertenece mi vivienda, con lo cual no hay referencia catastral válida, o sí, pero a la aseguradora le sale todo en blanco, con lo cual he de darle datos a mano y creo que la he cagado pero tengo dudas, la póliza me sale a 298€, con buenas coberturas, pero lo veo caro para una superficie útil (según tasación) de 108m2 útiles. Como referencia, un piso en la misma promoción, con los mismos metros cuadrados y tan solo 6m2 menos de terraza (lo mío es un bajo), sale con Mapfre a 168€, también con un banco externo (ya sabemos la jugarreta de los seguros con bancos como hacen poner de continente más de lo que vale por catastro, que tengo entendido que es lo que la aseguradora pagaría por reconstrucción si se da el caso).
Entonces mi duda es, y en palabras del notario ayer en la lectura previa: El seguro debe tener de continente Valor de tasación-Valor del suelo, que en mi informe de tasación aparece la fórmula VT-Vs = 100.000€ aproximadamente (supuestamente el valor catastral todavía sería inferior) y ayer formalizando la póliza di 129.000€ de valor de continente que es por lo que están obligando las entidades a hacer sus seguros bonificados con sus hipotecas a los clientes.
Pero lo que tampoco acabo de entender es de si el valor de 100.000€ a mí me resulta válido o debo poner algo más alto porque debe cubrirse el valor hipotecado o importe de dinero prestado por la entidad, es que justo la referencia que di de 168€ es un piso de una persona que ha pedido menos importe prestado, no tengo más referencias por ahora.
Muchas gracias y espero haberme explicado bien.