Disculpad, Ex Gratia y cuantos me quieran leer, por abusar de vuestra ayuda, superior a la que debiera proporcionarme el proveedor.
Definitivamente, las condiciones particulares que conservo solo dicen que el 'agente' es '6602 3003'. Por tanto, no puedo contactar con él.
Yo iba soportando como normales los anuales incrementos de prima hasta que, el pasado abril, apareció en un periódico un artículo que describía abusos de las aseguradoras de salud, entre ellos el de doblar la prima o expulsar a los clientes ancianos.
Revisé datos y hallé que, en 17 años, Medifiatc me había multiplicado la prima por 2,2. Les escribí expusiéndoles razonamientos para que la próxima prima sólo fuese de x 1,65.
No me respondieron. Ahora me anuncian importe de la prima 2023: el mayor incremento de toda la vida de la póliza, un 23%, que la sitúa a 2,7 veces la inicial.
Antes de gestionar este asunto, revisé el contrato y, así, recordé el mecanismo de las bonificaciones y recargos por coste de los servicios utilizados. El contrato obliga a Medifiatc a informarme por escrito el porcentaje de recargo o de descuento aplicado. En esto estoy.
Tanto el contrato como el sentido común dicen que las primas pueden variar por diversas causas, pero entre estas causas no está el hecho de que el asegurado cada año tenga un año más. Si contrato un seguro de salud a los 60 años me cuesta una prima superior a si lo contrato a los 30 años. Pero no es justo —y espero que no sea legal— que en los cálculos actuariales que determinan la prima se incluya una edad que, al suscribir la póliza, ya se sabía que yo tendría hoy. Y esto es lo que sospecho que hacen, aprovechando que el cliente anciano es cautivo: tiene más necesidades asistenciales y las demás aseguradoras no lo admitirán.
Si consigo que Medifiatc cumpla estrictamente el contrato, me dirán por escrito, por ejemplo, que la prima 2023 lleva un recargo del 45% sobre la prima base. Nada más. ¿Creéis que me mostrarán los costes de los servicios utilizados, para que yo compruebe que están en el tramo que, por contrato, merece este recargo? Y aún: ¿creéis que me mostrarán los cálculos actuariales que han determinado la prima base? O bien, si el asegurador no me lo muestra, ¿sabéis si los órganos reguladores ejercen sobre las aseguradoras la vigilancia que a mi no me permitirán ejercer?
Gracias de nuevo por vuestra paciencia.