Esto es lo que pone en mis condiciones particulares Genesis sobre el tema:
COLISION POR ATROPELLO A ESPECIES CINEGETICAS O ANIMALES DOMESTICOS
Como ampliación de lo estipulado en Condiciones Generales se hace constar que:
Se consideraran cubiertos hasta el límite de 6000.-€ la reparación de los daños materiales que sufran el vehículo y sus accesorios o la reposición de los mismos como consecuencia de colisión por atropello de especies cinegéticas.
Se cubren también los daños ocasionados al vehículo por colisión con animales domésticos hasta el mismo límite, siempre que la responsabilidad de la colisión no recaiga en el conductor del vehículo asegurado.
En todo caso se exige que exista atestado policial del accidente.
El criterio para la valoración de los daños será el mismo que el establecido en Condiciones Generales para la garantía de Daños propios, siendo el valor venal del vehículo el límite máximo de indemnización y no pudiendo superar la cobertura el límite de 6000 €
indicado anteriormente.
En caso de tener contratada la cobertura de Daños Propios el límite de 6000€ no tendrá efecto y se atenderá a los límites establecidos para esa garantía, si la cobertura de Daños se ha contratado con franquicia ésta no se aplicará los daños por colisión con especies
cinegéticas y animales domésticos.
Yo tampoco entiendo la negativa de Genesis a cubrir el siniestro, entiendo que deben motivarlo por escrito.