Re: Dudas fiscalidad de los PIAS.
Efectivamente como muy bien dices aqui nos la estan metiendo doblada.
Vamos a ver el caso de los 25000 aportados y su rendimiento de 10000.
Cuando al cabo de diez años de inmovilizacion yo rescato el pias, tendré que hacerlo en forma de renta vitalicia para acogerme al beneficio fiscal de esta. Pero de qué cantidades estamos hablando? Porque los 25000 son aportaciones que en su dia no tuvieron ninguna desgravacion.
Luego lo legal seria que me devolviesen esos 25000 y con los 10000 restantes constituyera una renta vitalicia. Si no es un atraco en su expresion literal.
Me gustaria que Rodrigo me contestara.