Vamos por partes corredor/a
No existen ninguna extensión de garantías tal y como tu lo expones. La única existente denominada como tal EXTENSIÓN DE GARANTIAS se corresponde a daños por viento, lluvia, pedrisco o nieve (extensión de garantías puras) y en algunas incluyen humo, caida de aeronaves, etc etc etc.
BIEN BIEN, MAL EXPRESADO POR MI PARTE. SE TRATA DE GARANTIA OPTATIVA.
Lo que existe es una definición de continente, donde se incluye la parte alicuota en las zonas e instalaciones comunes. De ahí que se cubran los daños en los bienes comunitarios por porcentaje. De ahí igualmente es por lo que se debe incluir todas los metros cuadrados de la vivienda y no solo los útiles.
DE ACUERDO
Respecto a las tuberias privativas, si te refieres a la garantía de daños agua, pues muy seguramente no estarán incluidas en el seguro comunitario, suele ser una garantia optativa en dicha modalidad, pero si me hablas de incendio, pues ahí cambia y SI estan incluidas.
EFECTIVAMENTE, ES UNA GARANTIA OPTATIVA, SI SI, DE ACUERDO CONTIGO
El seguro comunitario NO es obligatorio, es muy recomendable, que es distinto.OTRA VEZ MAL EXPRESADO POR MI PARTE, CUANDO DIGO OBLIGATORIO, QUIERO DECIR,INDISPENSABLE. ES CIERTO QUE LA LEGISLACION ACTUAL NO CONTEMPLA LA OBLIGATORIEDAD DE ESTE SEGURO, PERO DIME TU QUE OCURRE CUANDO OCURRE ALGO DE RESPONSABILIDAD, COMO LOS CASOS QUE APUNTABA
"Que ocurriria si el edificio se derrumba y produce daños a terceros?? o si se cae una teja y daña a un viandante? Todos los daños a terceros que pueda ocasionar la comunidad, no los cubre un seguro privativo de una casa".
Siento discrepar, pero SI lo cubre el seguro privativo o de hogar. Todos los daños a terceros que ocasione tu parte alicuota están cubiertos, por tanto si cae una teja del edificio, tu seguro abonará el porcentaje que le corresponda a la vivienda.BIEN, PERO TU Y YO SABEMOS COMO FUNCIONAN LAS COMPAÑIAS EN ESTOS CASOS.....
Y lo de las tuberias de 40 años, no se de donde lo has sacado, pues en ningún condicionado de los que yo conozco y te puedo asegurar que conozco muchos, no viene nada de eso.Y CUANDO CONTRATAS EL SEGURO??? NO ME DIGAS ESO. SABES PERFECTAMENTE QUE EN LAS NUEVAS CONTRATACIONES, PARA EDIFICIOS DE EDAD IGUAL O SUPERIOOR DE A AÑOS, O BIEN, HAY SOBREPRIMA O BIE HAY EXCLUSION Y EN AMBOS CASOS SE SOLVENTA PRESENTANDO FACTURITA
Para finalizar, las tuberias son de fibrocemento (uralita), plomo, cobre, PVC, arcilla y hasta de teja. LAS QUE SE UTILIZABAN ANTAÑO, EN UN PORCENTAJE MUY ALTO, ERAN DE PLOMO, POR LO MENOS EN MADRID