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Duda sobre doble seguro y recomendación OCU

9 respuestas
Duda sobre doble seguro y recomendación OCU
Duda sobre doble seguro y recomendación OCU
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#1

Duda sobre doble seguro y recomendación OCU

Hola a todos.

En el número de este mes de la revista de la OCU se hace una recomendación que me ha hecho dudar. Comenta que si ya tenemos seguro multirriesgo del hogar pero su cobertura de responsabilidad civil es escasa (pone el ejemplo de 150.000 euros), aconseja contratar un seguro sólo de responsabilidad civil con otra compañía (no recuerdo ahora cuál, una donde salía barato), asegurando 300.000 ó 600.000 euros y poniendo como franquicia los 150.000 euros del seguro del hogar.

¿Se puede producir así un "doble seguro"? ¿Hay algún problema en hacer eso? Si ocurre un siniestro de más de 150.000 euros, ¿no tendría problemas en que las dos compañías pagaran? (la primera 150.000 y la segunda el resto hasta cubrilo todo).

¿Qué opináis?

Gracias

#2

Re: Duda sobre doble seguro y recomendación OCU

Leído el mensaje rápido y a estas horas de la mañana es correcto. Tu seguro de hogar abonaría los primeros 150.000€ y el complementario, con franquicia de 150.000€, a partir de ese importe.

#3

Re: Duda sobre doble seguro y recomendación OCU

A mí también me parece un buen consejo y una forma correcta de hacerlo, así tienes toda la cobertura sin tener que pagar lo mismo dos veces

La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre

#4

Re: Duda sobre doble seguro y recomendación OCU

Ingenioso, el seguro con franquicia de 150.000 € será muy barato. ahora habrá que ver que dice la Aseguradora cuando le digas que quieres un seguro con esa franquicia y una prima acorde con ello.

#5

¿Y seguro que no hay problemas?

Ingenioso sí que es... ¿pero es legal? ¿O dará problemas luego con las aseguradoras? ¿Se puede negar una a pagar porque ya lo cubre la otra? O algún otro problema similar...

#6

Re: ¿Y seguro que no hay problemas?

En mi opinión es totalmente legal. Se regula en el artículo 32 de la LCS, seguro cumulativo (o concurrencia).

Si hay una indemnización de 150.000 €, la que tiene la franquicia de 120.000 € indemnizará por 30.000€ y la que no tiene la franquicia hasta 120.000 €.

Lo que sería ilegal es percibir la indemnización doble, se trataría de un enriquecimiento injusto.

#7

Re: ¿Y seguro que no hay problemas?

Totalmente de acuerdo, todo lo que no sea cobrar lo mismo dos veces es absolutamente legal

#8

Re: ¿Y seguro que no hay problemas?

Gracias por las respuestas