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Como determinar el importe de las rentas presuntas de patrimonio a declarar para el subsidio de > 52 años
Buenas noches varias dudas sobre el cálculo de las rentas presuntas del patrimonio a declarar en el subsidio para mayores de 52 años:
1.- El dinero que se tiene depositado en una entidad bancaria genera una renta presunta y por tanto hay que aplicarle el tipo de interés legal e incluirlo en el apartado otras rentas?
2.- Si se dispone de una segunda vivienda de uso propio o de plaza de garaje de uso propio genera esta una renta presunta ? y si fuera así se aplica el tipo de interés legal sobre el valor catastral?
3.- En el caso de de acciones, entiendo que la renta se produciría bien por los dividendos o por las plusvalías generadas en las operaciones de venta y que por tanto no debe figurar renta presunta alguna por este activo
4.-En el caso de Fondos de inversiones, las rentas a declarar entiendo que son las derivadas de las plusvalías generadas y en el momento en que se hagan efectivas. Por tanto no constituyen rentas presuntas. Podrían confirmarme si esto es así?
5.- Por último si la titularidad de estos activos son titularidad de los dos cónyuges en régimen de gananciales entiendo que las rentas a incluir en la declaración serían el 50% de las mismas.
Gracias anticipadas por vuestra ayuda
1.- El dinero que se tiene depositado en una entidad bancaria genera una renta presunta y por tanto hay que aplicarle el tipo de interés legal e incluirlo en el apartado otras rentas?
2.- Si se dispone de una segunda vivienda de uso propio o de plaza de garaje de uso propio genera esta una renta presunta ? y si fuera así se aplica el tipo de interés legal sobre el valor catastral?
3.- En el caso de de acciones, entiendo que la renta se produciría bien por los dividendos o por las plusvalías generadas en las operaciones de venta y que por tanto no debe figurar renta presunta alguna por este activo
4.-En el caso de Fondos de inversiones, las rentas a declarar entiendo que son las derivadas de las plusvalías generadas y en el momento en que se hagan efectivas. Por tanto no constituyen rentas presuntas. Podrían confirmarme si esto es así?
5.- Por último si la titularidad de estos activos son titularidad de los dos cónyuges en régimen de gananciales entiendo que las rentas a incluir en la declaración serían el 50% de las mismas.
Gracias anticipadas por vuestra ayuda